La sentencia, que no es firme, da la razón a las empresas Alser e Iconsa

Los tribunales anulan el proceso de adjudicación a Elecnor de las obras del PAI del Borde Sur Este

El Consistorio podría haber incumplido hasta 7 apartados de la Ley de Contratos del Estado

Viernes, 20 Enero 2012 01:00

 Castelló visitando las obras del Borde Sur
Castelló visitando las obras del Borde Sur
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de los de Valencia, en su sentencia 5/12 del pasado 12 de enero, comunicada a las partes el día 18, revoca el acuerdo del Ayuntamiento de Sagunto de fecha 7 de julio de 2010, relativo a la adjudicación definitiva a la empresa Elecnor, S.A. del contrato de obras de urbanización del ámbito Borde Sur-Este núcleo urbano de Puerto de Sagunto.
Cabe recordar que esta compañía, además de verse beneficiada por esta obra, también es adjudicataria de la remodelación del Campo del Fornás y de la construcción del Pabellón polideportivo del SUNP VI. Entre estas tres actuaciones, la citada mercantil gestiona un volumen de obra superior a los 10 millones de euros, que puede representar un tercio de todos los planes de inversión, tanto nacionales como autonómicos, que a lo largo de la pasada legislatura permitieron al municipio de Sagunto desarrollar numerosos proyectos en el término municipal.

Argumentos de
una y otra parte
Según se detalla en el fundamento de derecho primero del citado fallo judicial, las empresas demandantes, Alser e Iconsa, invocan la nulidad del acuerdo en base a la infracción de de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que podría haber sido incumplida al menos en siete de sus apartados, uno de ellos es el artículo 144, al procederse a la apertura de las proposiciones económicas transcurridos cinco meses desde la finalización del señalamiento para la presentación de las ofertas, cuando el plazo máximo ha de ser de un mes.

Otro aspecto que también vulnera de forma flagrante el mencionado texto legal, según los demandantes, es el que hace referencia a la convocatoria del acto para la apertura del pliego de cláusulas administrativas, que se publicó el mismo día de su celebración. Asimismo, se infringe el artículo 295, al no constituirse correctamente la mesa de contratación en el acto de apertura administrativa y de las proposiciones económicas, por faltar el secretario de la Corporación Municipal. Por otro lado, también se detalla de forma expresa el incumplimiento del artículo 54 de la citada ley y el 36 del reglamento de contratación, al existir más de cuatro subgrupos en la clasificación del contratante. Así como las infracción del deber de confidencialidad exigido en los artículos 124 y 129 de la Ley 30 de 2007.

Se detalla en la sentencia que la administración demandada se opone a la demanda, alegando en primer término la inadmisión del recurso por desviación procesal al variar la demandante sus pretensiones en vía judicial con respecto a la reclamación administrativa. Subsidiariamente y respecto del fondo se opone el Ayuntamiento a la demanda formulada en su contra, remitiéndose a los hechos acreditados en el expediente administrativo, rechazando el incumplimiento del plazo previsto en el artículo 144. El Ayuntamiento rebate uno a uno los argumentos de la parte demandante, llegando a rechazar que se vulnere el deber de confidencialidad.

A este respecto cabría señalar que el 15 de junio de 2010 la edición digital de este periódico publicaba una información titulada: «Elecnor parte como empresa favorita para recibir la adjudicación del PAI del Borde Sur». En aquella noticia se anunciaba la celebración, dos días después, el 17 de junio, de la reunión de la mesa de contratación, destacando que, de las empresas que habían pasado la primera criba, partía como favorita la que finalmente resultó adjudicataria, es decir, Elecnor. De hecho, Alser e Iconsa, solicitaron el 18 de junio la nulidad de las actuaciones por las filtraciones a la prensa, en concreto la información difundida por www.eleconomico.es.

Lucro cesante
Aunque la sentencia no es firme, los servicios jurídicos de las empresas demandantes, Alser e Iconsa, que han logrado esta victoria en los tribunales, ya estudian la reclamación de una indemnización al Ayuntamiento de Sagunto por lucro cesante, toda vez que la obra en cuestión ya se encuentra en fase muy avanzada. Hay que tener en cuenta que el proyecto adjudicado incorrectamente a Elecnor, contaba con un presupuesto que se aproximaba a los 5 millones de euros.

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Modificado por última vez en Viernes, 20 Enero 2012 01:00

 

 

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