Además, ha condenado al Ayuntamiento al pago de las costas procesales

El Juzgado anula una sanción de la ORA por no estar la zona debidamente señalizada

Según esta sentencia judicial, los controladores de la ORA pueden estar sancionando ilegalmente a los usuarios de este servicio

Miércoles, 30 Marzo 2011 02:00

Según sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Valencia, del pasado 14 de marzo, se anula y deja sin efecto la sanción de 30 euros contra el ciudadano de este municipio, Eduardo Alberola Royuela, que el pasado 17 de junio de 2009 fue denunciado por uno de los empleados de la empresa concesionaria de la ORA, que, ataviados con uniforme parapolicial, vigilaba el aparcamiento de las inmediaciones del edificio de los Juzgados de Sagunto. En concreto, en el número 13 de la Avenida doctor Palos, que es donde el señor Alberola tenía estacionado el vehículo de su propiedad.

El fallo judicial, breve, pero contundente, señala textualmente: «estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por el letrado D. Eduardo Alberola Royuela actuando en su propio nombre y derecho contra la sanción impuesta de la Alcaldía de Sagunto en el 20090000007818 . boletín 2009-0-00205596. de la policía local, mediante resolución sin fecha. por la que se le impone una multa de 30 euros por estacionar en zona con limitación horaria sin tener ticket de estacionamiento. Resolución que debo anular como anulo por no ser ajustada a derecho».

Indicar por otro lado que la citada sentencia es firme, ya que según se indica en la misma: «contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la LJCA.» Al mismo tiempo también condena al Ayuntamiento al pago de las costas procesales: «Todo ello, con imposición de costas a la administración demandada».

La sentencia se sustenta en dos pilares básicos, por un lado se indica que no existe prueba de cargo suficiente, ya que, según señala: «ni tan siquiera consta en el expediente la denuncia de agente de la ORA, consta una impresión informática sin firmar, siendo la identificación de agente distinta en esta impresión y la que consta en la resolución sancionadora, en el primer caso se identifica como ‘controlador 2K2’ y en el segundo como ‘agente 0002’». Más adelante aclara, abundando en esta cuestión, que: «Teniendo la denuncia del agente controlador el mismo valor que la denuncia de un particular, debió exigirse una mayor diligencia a la administración demandada a fin de obtener una prueba de cargo suficiente para destruir la presunción de inocencia, recabando la ratificación del agente denunciante, circunstancia que a diferencia de lo que ocurre en los supuestos resueltos en las sentencias transcritas, no se ha producido en el presente caso».

El otro apoyo en el que se sostiene el fallo judicial es el de la adecuada señalización, que en absoluto se ajusta a la normativa, en este caso la propia ordenanza municipal: «a ello hay que sumar el resultado de la prueba practicada como diligencia final que determina que, en la zona en la que se produce la denuncia, no existe señalización vertical que indique que se trata de una zona de estacionamiento limitado pues en el croquis de la Avda. Doctor Palos de Sagunto, entre las calles Numancia y Roma la única señalización vertical existente en la actualidad y en fecha 17 de junio de 2009, son señales de ceda el paso y dirección prohibida, pero no figura ninguna señal vertical R-309, en todo la zona grafiada ni tampoco en el número 13 de la Avda Doctor Palos, por lo que se incumple lo establecido en la ordenanza municipal reguladora del estacionamiento de vehículos, en su artículo tercero, según el cual las zonas de estacionamiento limitado estarán señalizadas tanto vertical como horizontalmente».

Reparación moral
El abogado de Puerto de Sagunto, Eduardo Alberola Royuela, que es el que presentó este contencioso administrativo el pasado 12 de febrero, reconoce que esta acción no está al alcance de todos los ciudadanos por el coste que supone: «He puesto un contencioso, que está lejos del alcance de cualquiera el presentarlo por una cuestión económica. Con lo cual los Ayuntamientos, en este caso, se aprovechan de que a la gente le sale más caro reclamar hasta las últimas consecuencias que pagar lo que le piden».

Sin embargo, Alberola valora muy positivamente el fallo judicial, en la medida en que supone una satisfacción moral: «Satisfacción moral indudablemente, no es porque se me haya dado la razón en un supuesto particular, porque al final es lo que digo, que la multa de 30 euros no te compensa el esfuerzo y las horas de dedicación que has tenido que plasmar para llevar adelante todo el procedimiento con un contencioso. Es la satisfacción moral de decir: tengo razón, y además lo acredito, y además voy a hacerle saber a la gente que tiene razón y que no se puede dejar avasallar y que su pueblo es suyo y no de un señor que quiere alquilarlo».

La sentencia no afecta
a todas las sanciones
Con este fallo judicial únicamente se anula la sanción y en ningún caso tiene repercusión al resto de personas que puedan verse afectadas por casos similares, aunque Alberola cree que el Ayuntamiento debería de dar ejemplo: «con ese contencioso que he presentado se anula mi denuncia, ahora, si hubiese dignidad por parte, en este caso, del señor Alcalde, que es quien impone la sanción, debería de anular de oficio todas las sanciones que se hayan puesto por cuestión de la ORA en zonas no señalizadas y que la gente no ha recurrido, sencillamente por esa cuestión económica, porque, como decía antes, le sale más caro contratar un abogado, que es obligatorio para ir al contencioso, que pagar la multa que le piden. Eso sería cuestión de dignidad».

En esta línea, el pertinaz letrado apela a la moralidad del señor alcalde de Sagunto, Alfredo Castelló: «El señor alcalde lo tiene en su mano. Su moralidad, que no dudo de ella, debería llevarle, como ya he dicho, a una inmediata revisión de oficio de todos los procedimientos sancionadores. No se pueden regalar las calles para entrar a saquear los bolsillos de los ciudadanos».

La próxima por
vía penal
Una vez que Alberola ha ganado esta batalla legal, este letrado considera que el Ayuntamiento ya está advertido y que si se vuelve a repetir este abuso de poder el procedimiento será diferente: «Yo lo que si que tengo claro es que otro contencioso no voy a presentar. Tampoco lo hice por las costas, las cobraré y punto, se acabó. El Ayuntamiento ya lo sabe, ya no se puede llamar a engaño. A partir de ahora la vía es otra: la penal, indudablemente. Las zonas están mal pintadas, porque se borran, no están bien señalizadas y, además, el individuo que te denuncia no se identifica, oculta su identidad. Esto es muy grave y creo que ya vale. Ya vale».

Indicar por último que Eduardo Alberola anima a la ciudadanía a presentar batalla y no dejarse pisotear: «Animo a la gente a que reclame sus derechos, indudablemente, que no se dejen pisotear. Hay zonas que no están señalizadas y lo que tienen que hacer es leerse la Ordenanza. Si el Ayuntamiento ha impuesto una normativa porque alquila las calles para que alguien se gane el dinero, que lo lleve a las últimas consecuencias y es que se cumpla con la normativa».

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Modificado por última vez en Miércoles, 30 Marzo 2011 02:00

 

 

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