Día Internacional de los Derechos Humanos

Escrito por Ximo Estal Lizondo
Viernes, 12 Diciembre 2014 13:57

El 10 de diciembre es, desde 1950 el día Internacional de los Derechos Humanos, día instituido por la Asamblea General de la ONU , para llamar la atención sobre la importancia de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es además la ocasión para señalar los graves incumplimientos que hacen la vida extremadamente difícil para millones de personas, de trabajadores y trabajadoras en todo el mundo.

La situación del trabajo en el mundo es cada vez más insegura conforme aumenta el desempleo, la marginación, y exclusión de los jóvenes y las minorías  que ven como sus derechos laborales son atacados.

Pienso, una vez más, que los derechos en el trabajo son derechos humanos y garantizar la existencia efectiva de los derechos humanos para todos es el fundamento de la justicia social y económica.

Quiero reproducir  el artículo 23 de la Declaración Universal que, de manera clara, sencilla y sintética, expresa en su contenido la dignidad básica y mínima de los derechos laborales.

Artículo 23

(1) Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

(2) Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

(3) Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

(4) Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

En esta ocasión, la celebración, se trata de un año especial para el movimiento sindical, puesto que es también el año en el que se celebra el 65 aniversario del Convenio de la OIT sobre el derecho de sindicalización y negociación colectiva.

La Confederación Sindical Internacional, en los Informes anuales sobre las violaciones de los derechos sindicales, señala siete países como especialmente en riesgo para el ejercicio de los derechos humanos y sindicales (Zimbabwe, Swazilandia, Guatemala, Birmania, Fiji, Georgia, Bahrein) en una lista de más de 80 países de todos los continentes y regiones, con una presencia creciente de países europeos.

En nuestro país estamos viviendo una verdadera regresión en términos de calidad de vida, derechos y libertades, así como una mayor pobreza, exclusión y fragmentación de la sociedad española, incluso para aquellas personas que cuentan con un empleo.

Por ese motivo, los dos sindicatos mayoritarios: CCOO y UGT, han interpuesto una queja ante la OIT contra el Gobierno de España por violación de la libertad sindical, del derecho a la negociación colectiva y del derecho de huelga detallando las circunstancias concretas de una serie de personas que han sido objeto de diversos procedimientos penales con ocasión del ejercicio del derecho de libertad sindical y de huelga.

Asimismo denunciaron las prácticas sancionadoras penales que se vienen produciendo en España en relación con la interpretación y aplicación del artículo 315.3 del Código Penal, que sanciona el llamado delito de coacciones para promover una huelga, así como otros tipos penales que usualmente se vienen empleando para criminalizar la actividad sindical, como el delito de atentado, desobediencia, o desordenes públicos, máxime cuando implican gravísimas penas privativas de libertad, que algunas sentencias ya son firmes, y la libertad de las personas encausadas depende en esos casos de decisiones meramente políticas vinculadas a la concesión del indulto por parte del Gobierno.

Igualmente la reforma del Código Penal y de la Ley de Seguridad Ciudadana supone un retroceso grave en las libertades públicas y en los derechos de participación democrática a través de las que el gobierno pretende incorporar nuevas restricciones al ejercicio de derechos fundamentales.

Además, pienso, que hay que exigir al Gobierno Español que asuma y ponga en marcha las recomendaciones de la ONU para dar verdad y justicia a las víctimas del Franquismo, contenidas en el informe del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas (GTDFI), así como las recomendaciones recogidas en el Informe del Relator Especial, Pablo de Greiff, sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición sobre la impunidad de los crimenes del Franquismo.

Ximo Estal Lizondo
Secretario General de Enseñanza de CCOO del Camp de Morvedre y Alto Palancia

 

 

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