Cobraban por ir a los restaurantes y repetir la ceremonia de la boda

El TSJCV ha suspendido de cargo público a dos jueces y una secretaria del juzgado de Paz de Canet

Viernes, 25 Mayo 2012 02:00

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha suspendido de cargo público a dos jueces y una secretaria del Juzgado de Paz de Canet de Berenguer por celebrar bodas civiles en el Registro y después simular la boda en el lugar donde se celebraba el banquete y cobrar el desplazamiento. Este asunto ya hace tiempo que se conocía públicamente, por haber informado sobre él diversos medios comarcales, pero se desconocía la sentencia que ha publicado hoy el diario El País.
Según señalan en  dicho medio de  comunicación, el fallo de la Sala de lo Civil y Penal ha resuelto así la denuncia presentada contra la titular del Juzgado de Paz de Canet de Berenguer, la juez sustituta y la secretaria del juzgado «por supuestos delitos de falsedad documental en relación con la celebración de bodas civiles».

La juez, que fue acusada de 32 delitos, ha sido condenada a la pena de suspensión de cargo público por un periodo de diez años y ocho meses y a una multa de 11.520 euros, mientras que la sustituta, por 7 delitos, ha sido suspendida de cargo público durante dos años y cuatro meses y deberá pagar una multa de 2.520 euros. La pena de suspensión del cargo público para la secretaria asciende a 13 años y deberá pagar una multa de 14.040 euros, según el fallo, que señala «que todas las penas han sido aceptadas por las condenadas».


Según la fuente citada, entre los años 2008 y 2011 las condenadas celebraron al menos 39 bodas civiles en el Registro Civil y después acudían al restaurante donde tenía lugar el banquete, donde representaban «de forma ficticia y a modo de paripé un simulacro de boda civil», representación por la que cobraban entre 200 y 300 euros por gastos de desplazamiento.

Además, hacían constar que la boda en la sede del Registro Civil se celebraba en todos estos casos en un día diferente y anterior al del posterior banquete nupcial. En los certificados constaba la fecha del banquete, y no la de la boda en el Registro.

Según señala el fallo, contra el que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, las acusadas «omitían o infringían el deber de cuidado propio de los cargos que desempeñaban».


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Modificado por última vez en Viernes, 25 Mayo 2012 02:00

 

 

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