Se podrán presentar hasta el 9 de mayo

La delegación de Mercados amplia el plazo de solicitudes para el mercado del paseo marítimo

 
La delegación de Mercados amplia el plazo de solicitudes para el mercado del paseo marítimo La delegación de Mercados amplia el plazo de solicitudes para el mercado del paseo marítimo
Lunes, 05 Mayo 2014 17:39

La delegación de Mercados del Ayuntamiento de Sagunto ha ampliado hasta el 9 de mayo inclusive el plazo de presentación de solicitudes de autorización para el ejercicio de la venta no sedentaria en el mercado extraordinario del paseo marítimo para la temporada 2014, con motivo de las diversas peticiones efectuadas por  parte de los vendedores interesados. Por consiguiente, todos aquellos que no llegaron a tiempo de presentar su instancia e incluso de cumplimentar la presentada podrán hacerlo ahora. 

Según indica la concejal delegada, Concha Peláez: «Desde el Equipo de Gobierno hemos creído conveniente apoyar estas peticiones y así conceder una nueva oportunidad a todas aquellas personas que no han podido presentar su solicitud en los plazos indicados inicialmente, debido fundamentalmente al gran número consecutivo de días festivos de Semana Santa que se había concentrado en el plazo indicado para la presentación de  instancias. Pensamos que es importante dar las máximas facilidades a los vendedores para que éstos puedan ejercer su actividad»
 
Para ello, el ayuntamiento procederá a modificar el plazo indicado en la resolución de la concejalía de Bienestar Social, número 220 de 16 de abril de 2014, en la cual se establecía como fecha de finalización para presentar las instancias hasta el 2 de mayo de 2014, inclusive, justificando dicha ampliación con el hecho de que la documentación a presentar por los interesados conlleva, en algunos casos, la presentación de certificados expedidos por otras administraciones públicas.

Por tal motivo y de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros. 

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