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El Ayuntamiento reduce el tipo gravamen de este impuesto a los inmuebles de naturaleza urbana y deja el general en 0,41% y el incrementado en 0,53%

Sagunto bonificará el IBI a las viviendas con sistemas de aprovechamiento de la energía solar

El concejal de Hacienda, Javier Raro, durante el pleno de este jueves El concejal de Hacienda, Javier Raro, durante el pleno de este jueves
Viernes, 29 Octubre 2021 13:54

El Pleno de la Corporación Municipal aprobó este jueves, en la sesión ordinaria del mes de octubre, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para el ejercicio 2022. Este expediente, presentado por el delegado de Hacienda, Javier Raro, se aprobó con los votos favorables de PSOE, Compromís y EU; los votos en contra de IP, PP y Vox; y la abstención de Ciudadanos.

De este modo, los tipos de gravamen general e incrementado del IBI urbano se reducen y se establecen en el 0,41% y el 0,53%, respectivamente. El informe técnico estima que habrá un impacto financiero positivo de 291.158 euros.

Esta modificación aprobada, también incluye una bonificación a los bienes inmuebles que hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. Esta bonificación será del 30% de la cuota íntegra del impuesto, durante los 10 primeros años desde su instalación. La bonificación será del 50% si se instalan simultáneamente los dos sistemas de aprovechamiento de la energía solar.

Por otra parte, el tipo de gravamen para los bienes inmuebles de uso ‘industrial’ y los de uso ‘comercial’, cuyo valor catastral no exceda de 1.000.000 de euros, se mantiene en el 0,53%; para los de naturaleza rústica, en el 0,72%; y para los bienes inmuebles de características especiales, en el 1,3%.

También se mantiene la modificación aprobada el año pasado, en la anterior revisión de la ordenanza, consistente en la aplicación de un recargo del 50% de la cuota líquida a las viviendas que se encuentren desocupadas con carácter permanente cuando sus propietarios tengan más de diez viviendas permanentemente desocupadas. Según la ordenanza, se entienden por viviendas desocupadas con carácter permanente las así declaradas por la Generalitat Valenciana según lo que establece la Ley 2/2017, de 3 de febrero, y que consten inscritas como tales en su registro de viviendas desocupadas.

Se trata de una aprobación provisional, de modo que ahora el texto se expondrá al público durante 30 días para que aquellas personas interesadas puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Una vez concluido el plazo, y si no se presenta ninguna reclamación, se dará por aprobada definitivamente y la ordenanza empezará a aplicarse el 1 de enero de 2022.


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Modificado por última vez en Viernes, 29 Octubre 2021 14:27

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