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José Luis Gándara

La obra social sindical (F.E.T y de las JONS). Primera parte

Viernes, 30 Diciembre 2022 10:00

Usted amigo, en busca de una vivienda se para en el muestrario de una inmobiliaria, le gusta lo que ve en la foto y el precio le viene bien, entra y llega a la reserva, termina por hacer el contrato mercantil de la vivienda y la fase siguiente es ir el propietario, usted y el agente de la propiedad a la notaría para que la compra se escriture con todas las garantías y legalidades que tiene ir al notario representante del Estado. Un notario es un funcionario del Estado para garantizar su compra. Las funciones y responsabilidades del notario son amplias, solo copio la definición más corta que he encontrado en el Colegio de Notarios: Los notarios, al otorgar una escritura pública en un acto, lo hacen por delegación del Estado como funcionarios privilegiados que velan por que se cumpla la legalidad. El notario evita que se firmen cosas contrarias a los intereses de la parte más débil de la relación comercial; el consumidor de a pie. Y en definitiva, cosas contrarias a la ley. Más o menos esto era lo que ya usted sabe, por eso compra a través del notario, o sea, del Estado. Pues en este supuesto de compraventa, usted ya tiene las llaves, y su escritura, ha pagado con cheque avalado por su banco o por transferencia garantizada por el Banco de España. Usted está contento y cree que ya es propietario con pleno dominio, el notario certificó unas escrituras limpias de deudas, hipotecas, afecciones y sin inquilinos.

Esto es lo normal, pero a veces ocurre que hay problemas, los notarios no son infalibles, y como cualquier profesional tienen sus errores. En las casas llamadas de Menera en la Ada. del Mediterráneo, antes General Mola, los errores son más bien horrores, son hechos que superan a Franz Kafka, son hechos Kafkianos. Vamos a dejar de lado la supuesta compraventa que usted acaba de hacer, usted está ya en su casa y duerme tranquilo, los hechos que voy a relatar no son supuestos, son hechos reales que han perjudicado a mucha gente que ha hecho las cosas como indica la ley: Con el asesoramiento de un Agente de la propiedad, el Notario y el Registro de la Propiedad; el Ayuntamiento, el Catastro y la Hacienda Pública. Aquí hay mucho “gato negro” que trataré de blanquear con brocha y Blanco España. Estos gatos en principio sin color definido son: Ayuntamiento, Demarcación de Costas de Valencia, los partidos políticos con sillón en el Ayuntamiento, IVVSA, Notaria, Registro de la Propiedad, la Obra Social Sindical, F.E. y de las J.O.N.S. y otros varios políticos “michicomas”, y por supuestos «Los perjudicados».

Todo esto empieza en el año 1949, año en que la OSH y Sindical F.E. organismo dependiente del Ministerio de Gobernación decide seguir con su plan de construir “Vivienda Pública”, y que más tarde, sería la OSE dependiente del INV que ya dependía del Ministerio de la Vivienda. En 1951 la OSH ya es propietaria del suelo de 34m por 150m donde se construirían las viviendas de Protección Oficial para los trabajadores de Menera y algún recomendado del Régimen. El suelo era propiedad de la CMSM y fue donado a la institución OSH, así consta en los contratos privados de ADJUDICACIÓN de 1.958, fecha de la firma y entrega de llaves en PROPIEDAD. Esto fue un hecho cierto y palmario, Menera tenia reconocida la propiedad de esa parcela que era solidaria a la tan disputada parcela o pastilla de 70.000 m2 del Malecón.

La parcela de 34 ml por 150 ml para construir las 54 viviendas se entregó en concepto gratuito por haberse negociado que las viviendas serian para los trabajadores de Menera que no tuvieran casa en propiedad, y así fue, en 1958 mi familia salió de un piso en alquiler en la calle José Antonio Primo de Ribera, hoy calle de La libertad, junto a la Fonda Vizcaya y cine Victoria, para irse a su nueva vivienda en la calle General Mola 24-5, hoy Ada. del Mediterráneo. Aquellas familias ya eran propietarias de buena ley y con toda la ley, pero con una deuda total al precio de compraventa de 63.280 pts. Una vivienda sin hipoteca del banco y sin intereses del capital prestado y con un pago de recibo mensual de 162,54 pts. durante los 20 primeros años, y de 239,33 pts. durante los 30 años siguientes. El sueldo que se cobraba en 1.958/1.965 era de unas 4.000 pts./mes. Este pago de la devolución del préstamo representaba un 4% del salario mensual, y con costes cero de notaria, cero registros, cero pagos del IT, cero plusvalías y cero agentes inmobiliarios. En 1.978 era fin del plazo de los 20 años y los salarios ya estaban entre 15.000 pts./mes y 30.000 pts./mes; así que el recibo de la devolución del préstamo era de 239,33 pts./mes, y esto es el 1,6% de las 15.000 pesetas mensuales de un sueldo menor, y el 0,8% de un sueldo medio.

Y la pregunta es: ¿Fueron estas 54 familias engañadas por el Estado Español Dictadura de 1.958?

Pues me atrevo a afirmar que no. Desde 1.951/58 hasta 1.993, nadie se atrevió a dudar de que estas viviendas no fuesen propiedad de los que las compraron, tanto es así que, en ese año de 1.993, el Estado Democrático de La Generalitat Valenciana, elevó el contrato de compraventa a escritura pública y se inscribieron todas las viviendas en el Registro de la Propiedad Número Uno de Sagunto. Todo esto, propuesto por el IVVSA (Instituto Valenciano de la Vivienda) dependiente de la Generalitat, previo pago del remanente del precio de venta, y así fue, se remató y se canceló la deuda con el Estado Español Democrático. El caso es que desde 1.958 hasta hace algún año, se molestaba poco. Y digo que se molestaba poco, porque molestar ya se viene molestando a los vecinos propietarios de estas casas de Menera desde el comienzo del pleito de Prosagunsa-Ayuntamiento-Costas. Y claro, tanta coincidencia remueve hasta las neuronas más idiotas. Esto tiene mucho que ver con ese pleito de 30 años que a la postre, y contra todo retorcimiento de leyes y verdades… la justicia y la verdad, se ha puesto del lado de Prosagunsa, o sea, de quienes compraron a quien era propietaria, y en este caso la propietaria era Menera…y Menera pagó sus deudas al Estado, con esa venta en subasta pública. Es de sentido común y de justicia que un Estado no puede, o no debe, quitar lo que antes vendió, permutó, negoció, adjudicó, o por que se acogió a la propia ley de ese Estado, la Ley de 1.902.

¡Y al grano! hoy, y desde hace poco tiempo, el Miteco, a través de su órgano menor, Demarcación de Costas, ha prohibido las inscripciones de las compraventas de las 54 casas de Menera. Con esta acción de prepotencia unilateral, ya hay varias familias muy perjudicadas en sus derechos de propiedad y con daños económicos muy graves. Vendieron su propiedad para recuperar sus ahorros, todo iba bien, pagaron al notario y al registrador. En unos casos al comprador le obligaron a pagar de nuevo al notario y al registrador nueva escritura y nuevo registro porque «era un error la inscripción» ya que la vivienda está afectada por la Ley de Costas de 1950. En otros casos, el notario ya avisó de que ¡No se pueden registrar! Otros pagaron al notario la escritura, el notario no dijo nada y en el Registro de la Propiedad les dieron el susto.

Hoy, los 54 propietarios que lo fueron desde 1.958, ya no son dueños de aquello que pagaron en buena ley, estas familias que confiaban estar protegidas…su protector las ha abandonado.

¿En qué Estado estamos?


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