Sentencia

Viernes, 30 Septiembre 2022 21:07

Este Harto Tribunal, compuesto por mí mismo, yo solito, revestido de la escasa autoridad que me procura disponer de este humilde y pequeño espacio en un medio local, acerca de los sucesivos y cansinos debates sobre las Pensiones en las diferentes TVs, y vistas y oídas las partes, decide que el Gobierno, mediante un Decreto Ley, debe dictaminar:

1º.- Aumentar anualmente las pensiones el IPC más un 1% mínimo.

2º.- Aumentar aquellas pensiones que después de estas mencionadas subidas no lleguen a alcanzar los 1050 euros del Salario Mínimo Interprofesional, garantizando así para aquellos sus beneficiarios salir de la Miseria para alcanzar el Umbral de la Pobreza.

3º.- Subir todas las Pensiones No Contributivas a 800 euros.

4º.- Estudiar el coste total de estas subidas y, arreglo a estos cálculos, aumentar los impuestos a La Banca hasta que devuelvan todo lo que nos deben.

5º.- Como medida de Justicia Social, para todo aquel que afirme, piense, o se queje públicamente de que los puntos anteriores son injustos por elevados o inasumibles, o bien excesivamente generosos para los Pensionistas, el Gobierno dispondrá que, a partir de ese momento los salarios o las pensiones de estos ejemplares ciudadanos sean reducidas al doble del Salario Mínimo Interprofesional (a fin de convertir a estos en ciudadanos ejemplares de verdad) excepto a aquellos que, improbablemente, opinen así a pesar de que sus salarios o pensiones no alcancen a esos 2100 euros, a los cuales se les mantendrá congelada su cuantía salarial actual más el IPC anual.

6º.- A fin de dejar claro el punto 5 el Gobierno realizará, con los medios que considere convenientes, un listado de aquellos tertulianos y periodistas que opinen que es una barbaridad inasumible hacer que unos millones de ciudadanos vivan al menos con una renta mínima de 1050 euros o una Pensión No Contributiva de 800, a fin de asegurarles la adjudicación de estas boyantes cantidades para el día en que se jubilen. En estos casos dichas pensiones no serán congeladas, sino que dispondrán del beneficio de la subida de los IPCs anuales correspondientes más un 0,25%.

7º.- Ser viud@ no es un título laboral ni un mérito superior a ser solter@. Cada ser humano es poseedor por sí mismo de todos sus derechos ciudadanos. Por tanto, quedan derogadas las pensiones de viudedad, que serán sustituidas por las pensiones generales para todo el mundo.

8º.- A los huérfanos menores de edad que no sean adoptados o acogidos, se les garantizará hasta su mayoría de edad crecer en residencias estatales que cumplan las mínimas garantías de atención y educación que puedan disfrutar otros ciudadanos de su misma edad.

DISPOSICIÓN FINAL – Si a los que incumplan esta sentencia no les pasa nada, no será por falta de ganas de este Harto Tribunal.


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