La Mutua y el sindicato

Martes, 28 Junio 2016 23:19

 
Los sindicatos son conscientes de la baja protección que tienen los trabajadores en España con el sistema de mutuas, ya que estas tienen la sartén por el mango; y no solo por un mango si no por dos mangos, al igual que una paella, un mango es la patronal y otro la mutua que pertenece a la patronal, todo queda en casa. El trabajador es una marioneta en un escenario de títeres. Como ya comentaba en los dos anteriores artículos, se necesita un cambio legislativo donde, en la cúspide de la dirección y gestión del sistema de mutuas, haya representación de los trabajadores, de los sindicatos.
 
Además de este cambio, se requiere que las mutuas se especialicen por sectores, si no al estilo alemán, al estilo español pero que los sectores laborales sean estudiadas las enfermedades laborales propias y los accidentes. Medicina y médicos especialistas laborales y no uno cualquiera. Esto es imprescindible si se quieren terapias específicas y prevención procedente de los sectores diferenciados. No es lo mismo el sector de la construcción, el metal o el hostelero, por señalar tres importantes y diferentes. E indudablemente que las remuneraciones ya sea baja por enfermedad o accidente laboral se equiparen. Es la mejor forma de proteger, al tiempo que se termina con las discrepancias de si es o no por causas laborales. Claro que siempre estará pendiente las posibles indemnizaciones y sanciones en los casos demostrados que el daño se ocasionó por negligencia o incumplimiento de normas de prevención.
 
Otra cuestión importante es la acción inspectora del Estado, INSS, sobre estos procesos y recursos sociales. En este asunto, es obvio, que con la gestión paritaria (cuando quede legislado) del sistema de protección, ya se produciria un equilibrio de defensa legitima, al estar los actores principales patronal y sindicato en igualdad representativa y gestora. El INSS se convierte en fiscalizador del uso del capital gestionado y de intermediario más eficaz en los desacuerdos trabajador/empresa/mutua. Es inaceptable que el sistema se perpetúe como está hoy, jugando con la salud y el sustento de los trabajadores. Por otro lado, son los trabajadores quienes tienen que velar en el tajo y en su decisión de lucha en defensa de su interés. Basta ya de "anticapitalistas" presumidos, que a la hora de portarse con valentía se acojona y justifica con el consabido: "Si protesto me echan" ¡Pues te jodes! pero ten la honestidad y la valentía de luchar por lo tuyo y por lo de los demás. Yo tendría vergüenza apodarme "anticapitalista" y estar de mamón en una empresa capitalista. Ese sindicalismo de pandereta debe acabar, estamos en democracia y en ella hay que pelar las patatas, leyes y defensa con la ley en la mano.  Patata y pelador de patatas, una en cada mano.
 
 
Accidentes y enfermedades.
 
Definiciones
 
El sistema de Seguridad Social define qué es un Accidente de Trabajo y qué es una Enfermedad Profesional, así como los derechos y obligaciones derivados de estos hechos. De ahí la importancia de una correcta calificación de estos sucesos.
 
Mientras que las alteraciones de la salud que tengan la consideración de accidente de trabajo o de enfermedad profesional se denominan por la Seguridad Social "contingencias profesionales", las que no entren en estas definiciones son consideradas ”contingencias comunes".
 
La correcta declaración de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales es muy importante por sus implicaciones:
 
Económicas: afecta a las prestaciones que recibirán los trabajadores:
 
• Tratamiento médico - farmacéutico: En la contingencia profesional es gratuito, en la común el enfermo/a paga el 40% de los medicamentos.
 
• El sistema de Seguridad Social define qué es un Accidente de Trabajo y qué es una Enfermedad Profesional, así como los derechos y obligaciones derivados de estos hechos. De ahí la importancia de una correcta calificación de estos sucesos.
 
• Mientras que las alteraciones de la salud que tengan la consideración de accidente de trabajo o de enfermedad profesional se denominan por la Seguridad Social "contingencias profesionales", las que no entren en estas definiciones son consideradas "contingencias comunes".
 
• La correcta declaración de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales es muy importante por sus implicaciones:
 
• Económicas: afecta a las prestaciones que recibirán los trabajadores:
 
• Tratamiento médico - farmacéutico: En la contingencia profesional es gratuito, en la común el enfermo/a paga el 40% de los medicamentos.
 
• Porcentajes de la base reguladora en caso de baja: En la contingencia profesional, durante los primeros 20 días el trabajador/a cobra el 75% de la base reguladora. Estos porcentajes son más altos que en caso de contingencia común, en la que se calcula el 60% de la base reguladora desde el cuarto dia. Además, por negociación colectiva se puede establecer que en caso de contingencia profesional se cobre el 100% desde el primer día.
 
• La forma de calcular la I.T., como las demás prestaciones, suele ser más beneficiosa en las contingencias profesionales que en las comunes.
 
• Si la contingencia es profesional, proporciona una buena base para solicitar indemnizaciones por posibles incumplimientos empresariales de la normativa de riesgos laborales.
 
El secretario general de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, Ignacio Fernández Toxo, participó en el II Encuentro de Delegados y Delegadas de Prevención y manifestó con claridad la centralidad de la salud laboral en la acción del sindicato. Frente a la patronal que exige reformas laborales.
Toxo tuvo un mensaje claro: “La única reforma que cabe, es la que mejore las condiciones de trabajo”.
 
¿Qué valoración haces del papel que están jugando las mutuas en la prevención?
No estamos satisfechos, sinceramente, con la función que juegan las mutuas en este momento. No podemos estarlo. Y como no estamos satisfechos, no podemos estar de acuerdo tampoco en que se amplíe el ámbito de intervención de las mutuas a la enfermedad común como demandan, con la excusa del absentismo laboral, las organizaciones empresariales. Una demanda que ha sido uno de los elementos que ha impedido, no el único, que renováramos el Acuerdo Nacional de Convenios para el año 2009. Las mutuas tienen que cambiar su relación con las enfermedades profesionales. Tal vez haya que ir a un cambio en profundidad. Tal vez sea el momento de que nos pongamos a reflexionar en relación con la modificación de la Ley de Mutuas. No es de recibo en una situación y en unas circunstancias como las que concurren en nuestro país, en relación con la salud en los centros de trabajo, que las mutuas generen año tras año excedentes y al mismo tiempo no se reconozcan las enfermedades, y por tanto no se den prestaciones económicas y sanitarias a las personas que las sufren.
 
¿Qué cambios serían necesarios?
 
Hace falta un cambio de la Ley de Mutuas que modifique su naturaleza y su dependencia. Y exigiremos, en ese cambio, la plena participación sindical en la gestión de las mutuas. Es un espacio que no puede quedar reservado exclusivamente, como sucede hasta ahora, a los empresarios. Tienen que ser de verdad mutuas de trabajo, donde tengan cabida los representantes de los trabajadores, no sólo cuando acuden a pedir sus servicios, sino en su control y en la gestión de las mismas, porque gestionan recursos públicos de la Seguridad Social y porque ofrecen prestaciones públicas. Las mutuas tienen que modernizarse y democratizarse para cumplir profesionalmente con sus competencias. No pueden ser instituciones de parte –empresariales– como lo son ahora, por más que haya cambiado su nombre. O se reforman o habrá que abrir otro tipo de debate. Pedro J. Linares “No podemos persistir en un sistema que no reconoce el 80% de las enfermedades relacionadas con el trabajo”
 
Un sistema de notificación que no funciona
 
En la base de este sub-registro está un sistema de notificación que no funciona porque ni la definición legal de enfermedad profesional se ajusta a una lógica sanitaria, ni funcionan los sistemas de alerta del sistema sanitario, ni las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales están cumpliendo adecuadamente sus funciones.
 
Pedro J. Linares cuestionó la eficacia de la última de las reformas legislativas destinadas a mejorar el proceso de notificación. Describió el marco de actuación que dibuja el Real Decreto 1299/2006, por el que se aprobó el nuevo cuadro de enfermedades profesionales y en el que se establecen los criterios para su notificación y registro, y se refirió al anexo 1 donde se recogen los daños a la salud que se consideran enfermedades profesionales y al anexo 2, esa segunda lista de enfermedades que no están reconocidas pero que se sospecha que tienen origen profesional y podrían ser reconocidas en un futuro.
 
“A pesar de que algunos afirmen que tenemos un sistema mixto y más flexible desde que se produjo esta reforma legislativa –señaló Pedro J. Linares–, esa no es la realidad. La prueba más clara es que durante estos dos años no se ha producido la incorporación de ninguna nueva enfermedad profesional al cuadro del anexo 1. La lista de enfermedades profesionales sigue siendo tan cerrada ahora como lo era antes”. La realidad es que para conseguir el reconocimiento de cualquier enfermedad no recogida en la lista del anexo 1, los trabajadores y trabajadoras han de recurrir a los tribunales y tratar de que el daño se reconozca como accidente de trabajo.
 
 
Pedro J. Linares (CCOO) señaló la paradoja que supone haber realizado un esfuerzo normativo para modificar el registro de enfermedades con el espíritu de una mayor protección de las mismas en el ámbito laboral, y encontrarnos que el escenario actual es igual o peor que el de partida porque las mutuas no están cumpliendo adecuadamente su función. “Desde que en 2005 –señaló Linares– se obligó a las mutuas a capitalizar la invalidez, muerte y supervivencia por enfermedad profesional hemos registrado, tal y como se aprecia en el gráfico 1, una caída en el reconocimiento de las enfermedades laborales de más de 10.000 casos en sólo un año, y otros 10.000 al año siguiente”.
 
Según el secretario de Salud Laboral de CCOO, “este descenso sistemático en el reconocimiento sólo se puede explicar por interés puramente economicista de las mutuas. Y eso es inadmisible”. Linares apuntó la necesaria reforma de la legislación referente a las mutuas y se mostró muy crítico con su gestión: “Yo no creo que las mutuas generen excedentes –afirmó–, tienen excedentes, pero de trabajo por hacer”. Las vías para la solución al problema pasan, según el secretario de Salud Laboral de CCOO, por “platearnos una modificación sustancial de las competencias de las mutuas y determinar cuál es el trabajo que tienen que realizar. Las mutuas son un elemento esencial de gestión de los recursos de Seguridad Social. Ya no son lo que eran hace unos años. No son simplemente organizaciones empresariales. Este cambio de estatus no se ha trasladado, en absoluto, a su modelo de gestión y, lo que es evidente, es que algo estamos haciendo mal si con los cambios legislativos en el sistema de notificación de las enfermedades profesionales conseguimos justo lo contrario de lo que andábamos buscando”, concluyó.
 
 
Pues si los sindicatos (En este caso CCOO) dicen "que algo estan haciendo mal", eso mismo es lo que vengo diciendo yo. ¡Que está mal e injusto para el trabajador!
 
 

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Modificado por última vez en Miércoles, 29 Junio 2016 01:04

 

 

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