Para el desarrollo de las actividades mineras que viene desarrollando y que va a desarrollar en un futuro, según recoge el convenio

El convenio con Lafarge obliga a la cementera a pagar un canon por la extracción y al ayuntamiento a apoyar a la empresa para la obtención de licencias

Viernes, 17 Julio 2015 17:03

LAFARGEd

El Ayuntamiento de Sagunto y la empresa cementera Lafarge, después de un largo período de negociaciones, alcanzaron un acuerdo cuyo objetivo era  «compatibilizar,  un futuro paraje natural municipal y la explotación, por parte de Lafarge, de los recursos mineros de esa zona». Este acuerdo plasmado en un convenio se aprobó en el pleno municipal celebrado el 10 de abril de 2013. La sesión estuvo presidida por el alcalde Alfredo Castelló Sáez. El convenio fue aprobado por 18 concejales de los grupos: PP, PSOE e IP y lo votaron en contra 7 ediles de Compromís y EU.

El texto del convenio recoge que ambas partes acuerdan «apoyar y colaborar en la compatibilidad de la declaración de un Paraje Natural Municipal con la explotación de Lafarge de los recursos mineros de los que resulta titular en esa zona, a través de la modificación de la propuesta inicial de constitución de dicho Paraje Natural Municipal (PNM)».

También las partes, colaborarán  para la obtención de las autorizaciones administrativas precisas, tanto para la declaración del PNM, como para hacer viable la explotación minera en las zonas de ampliación de reservas calcáreas, incluyendo las relativas a la obtención de la autorización de ocupación temporal de montes de utilidad pública como consecuencia de concesiones mineras que resulten de lo convenido por las partes en el citado convenio. «Así como acordar la permanencia de Lafarge dentro de los límites de la explotación actual del Salt del Llop y de las zonas de ampliación de reservas calcáreas, que resulten finalmente autorizadas», de acuerdo con este convenio.

Acuerdan colaborar para «posibilitar a Lafarge la apertura de una nueva explotación minera en la zona identificada como El Piñal como alternativa a la explotación del monte de Romeu», que solucione las necesidades de caliza a medio y largo plazo de la empresa, si es posible técnica y jurídicamente; emitiendo el ayuntamiento pronunciamientos favorables desde la perspectiva social del conjunto de intereses municipales que representa.

Este convenio, en lo referido a zonas extractivas, «pretende la nueva explotación minera en El Piñ̃al y la ampliación a la Zona de Margas en exclusiva», por lo que, de frustrarse el objetivo citado, las partes acuerdan que el mismo quedará sin efecto desde ese mismo momento.

Asimismo el texto del convenio recoge crear una Comisión Paritaria de seguimiento integrada por personal de Lafarge y del ayuntamiento.

Compromiso Municipal

En este convenio el Ayuntamiento de Sagunto se compromete a «promover la declaración del Paraje Natural Municipal denominado Romeu San Cristóbal», tramitando el oportuno expediente al objeto de introducir en los documentos del proyecto que habrá de aprobarse, las modificaciones pertinentes para dar cumplimiento con los pactos contemplados en este convenio. El Paraje Natural tendrá una «superficie de aproximadamente 254 hectáreas» de forma que en la aprobación definitiva del mismo se incluya la Zona Norte dentro del perímetro del PNM.

El Plan Especial del Paraje Natural que se presente y se apruebe «deberá garantizar la compatibilidad de usos extractivos en la zona de amortiguación asociada a los límites del citado paraje», en lo relativo a Salt del Llop y Margas.

El ayuntamiento «incorporará las parcelas enclavadas y colindantes con el PNM, una superficie de 18 hectáreas», cuya titularidad se compromete a adquirir Lafarge y que cederá gratuitamente al ayuntamiento tras la firma del convenio.

En el supuesto de que el precio de las parcelas que debe adquirir Lafarge superaran el 25% de precio de mercado, será «el ayuntamiento quien inicie su expropiación con la finalidad de adquirirlas» para que formen parte del PNM. Todo el gasto del trámite será satisfecho por la cementera.

Zona de Margas

El ayuntamiento acepta «excluir de la Propuesta de Paraje Natural Municipal las 14,3 hectáreas» contiguas a la explotación actual, definidas como Zona de Margas y ampliar «la actividad extractiva de la concesión Salt del Llop a las 14,3 hectáreas que forman la Zona de Margas hasta el momento en que El Piñal entre en pleno funcionamiento o como plazo máximo el día 31 de diciembre del año 2030», formalizando y manteniendo la vigencia de los permisos y autorizaciones.

El consistorio «autoriza la ocupación de Monte de Utilidad pública en la Zona de Margas de 10,8 hectáreas de titularidad municipal», siendo la parte restante (hasta las 14,3 hectáreas) propiedad de Lafarge y otros particulares, formalizando los permisos y autorizaciones que a tal efecto se reputen necesarios.

Ocupación de terrenos

Se afirma en el texto del convenio que la superficie de la actual cantera Salt del Llop como la de aquellos terrenos susceptibles de quedar afectos a la explotación minera, se encuentran incluidas, en su mayor parte, en el monte de propiedad municipal, denominado Bonilles, Fontanelles y otros, número 131 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunitat, «el ayuntamiento se compromete a otorgar su conformidad a cuantas solicitudes de autorizaciones de ocupación temporal, por explotaciones mineras en montes catalogados como de utilidad pública, presente Lafarge», al amparo  de la legislación vigente.

De igual modo el ayuntamiento, se compromete a adjudicar a Lafarge, la concesión para la ocupación de los terrenos citados en el párrafo precedente. «En concreto, las parcelas relacionadas en este punto son las que quedan referidas a la actual cantera Salt del Llop y la Zona de Margas» aclaran en el texto.

Explotación minera del Piñal

Tras los estudios técnicos oportunos, las partes realizarán los trámites administrativos para autorizar, en el menor plazo posible, la explotación en El Piñ̃al. «El ayuntamiento facilitará la investigación, tramitación y explotación por parte de Lafarge de yacimi­entos calcáreos que puedan existir en ese emplazamiento».  Tras la firma del convenio las partes tramitarán cuantos acuerdos, permisos y/o autorizaciones sean necesarios «para la apertura de una nueva cantera en la zona del Piñ̃al».

El Ayuntamiento de Sagunto se compromete a:

Que todo el suelo incluido en esa zona, que pueda verse afectado por las actividades mineras de Lafarge, «tendrá urbanísticamente la clasificación de Suelo que permita la actividad extractiva y, en cualquier caso, respecto del mismo quedará expresamente determinada la compatibilidad con dicho suelo de las actividades mineras», incluida la exploración, investigación y explotación de yacimientos minerales y demás recursos geológicos, así como las actividades auxiliares de las mismas.

El consistorio de Sagunto se compromete a «autorizar la ocupación de Monte de Utilidad Pública» en terrenos de titularidad municipal en esa zona, previos los trámites de la normativa patrimonial. Así como otorgar, una vez cumplidos los trámites y requisitos legalmente establecidos, «los permisos necesarios para la puesta en marcha de la actividad minera en esa zona».

Los recursos mineros en la zona del Piñal serán aprovechados también «como una fuente de suministro de áridos que responda a la demanda local de este recurso en el municipio de Sagunto», el texto recoge también los trámites para ello.

trabajadoresAlgunos trabajadores de Lafarge acudieron ayer al pleno celebrado en el salón de plenos del Ayuntamiento de Sagunto.

Cantera actual

Al objeto de garantizar el suministro del mineral de caliza con destino a la fábrica de cementos de Lafarge, se llevarán a cabo cuantas actuaciones sean precisas para:  

«Mantener durante la vigencia de la concesión Salt del Llop la calificación de tolerancia extractiva en el perímetro extractivo definido por la actual cantera y las zonas de ampliación de recursos calcáreos, identificada como Zona de Margas, de forma que será́ compatible con aquel la realización de cualesquiera actividades mineras», incluida la exploración, investigación y explotación de yacimientos minerales y demás recursos geológicos, así como las actividades auxiliares de las mismas, tales como las de tratamiento, transporte, etc...

Y mantener la ocupación de Monte de Utilidad Pública que garantice la explotación minera en la cantera Salt del Llop hasta el agotamiento total de reservas en el área extractiva actualmente autorizada.

Otros compromisos

El ayuntamiento saguntino, sin perjuicio de los compromisos que ya ha asumido anteriormente en este convenio, «en virtud de los pactos que anteceden, se compromete adicionalmente a: divulgar y difundir, dando la oportuna publicidad, la contribución de Lafarge tanto a la aprobación y conservación del Paraje Natural Municipal del Romeu- San Cristóbal, como al desarrollo socioeconómico del municipio».

Igualmente se compromete el consistorio a «prestar todo el apoyo que precise Lafarge», por cualquier medio que se encuentre dentro de la más estricta legalidad, para la obtención por ésta de todas aquellas autorizaciones, licencias, permisos, declaraciones, resoluciones aprobatorias, etc., que sean precisas para el desarrollo por dicha empresa de las actividades mineras que viene desarrollando y que va a desarrollar en un futuro como consecuencia de los derechos mineros de los que es titular y de lo pactado en el presente convenio».

Compromisos de Lafarge

La  cementera «cederá gratuitamente al ayuntamiento las parcelas enclavadas y colindantes con el Paraje Natural Municipal (PNM)», una superficie aproximada de 18 hectáreas, cuya titularidad se compromete a adquirir tras la firma del convenio.

Medidas ambientales

Lafarge adoptará las actuaciones medioambientales que «contribuyan a la mejora y gestión del futuro Paraje Natural Municipal del Romeu- San Cristóbal, ello en aras a la compatibilizació́n de dicho espacio con la actividad minera de Lafarge» a cuyo efecto: Iniciará de forma inmediata la puesta en marcha de la recuperación ambiental de la superficie forestal situada dentro de los límites del Paraje Natural, que se vio afectada por el incendio de 1993, en un plazo máximo de 3 años desde la firma de este convenio.

De igual modo, la compañía financiará la conservación del citado Paraje Natural a través de un Plan donde se determinen las actuaciones de mantenimiento y mejora, medios materiales y humanos.

El coste que resulte del Plan de Actuaciones «se abonará por Lafarge en concepto de Responsabilidad Social Corporativa». Dicho Plan de Actuaciones deberá ser consensuado por ambas partes.

Se afirma en el documento que se priorizará la protección de la montaña y su Restauración, para ello, «no se iniciará la extracción de caliza en la zona de Margas hasta que no estén definidos, planificados, presupuestados y financiados los proyectos de mantenimiento y conservación del Paraje Natural y el proyecto singular de Restauración» y hasta que no estén agotadas las reservas de la actual cantera Salt del Llop, de acuerdo con el Plan de explotación previo y las necesidades de diferentes tipos de caliza precisas para la fabricación de cementos, aseguran.

Asimismo se compromete la empresa cementera a «acometer de forma inminente  la restauración de los terrenos afectados por las labores mineras en el perímetro de la cantera Salt del Llop», de conformidad con los Planes de Restauración aprobados. Sin perjuicio de ello, «Lafarge se compromete a realizar la recuperación total del hueco minero, sufragando la ejecución de un proyecto singular consensuado con el ayuntamiento y complementario al Plan de Restauración», para su puesta en uso y valor social para potenciar las posibilidades de dicho espacio natural para la ciudadanía, que deberá ser compatible con los usos establecidos y previstos en el Paraje Natural Municipal «Romeu- San Cristóbal».

Canon

Durante la vigencia de este convenio Lafarge está obligada a abonar al Ayuntamiento de Sagunto un canon anual único, equivalente a multiplicar por 0,50 euros el número de metros cúbicos de mineral de caliza extraídos por la empresa en todas las superficies afectadas por los presentes acuerdos con independencia de quien sea el propietario de los terrenos en que se obtenga dicho mineral. «En dicho canon se entiende incluido el derecho a la ocupación de terrenos de propiedad municipal y el canon de la ocupación de terrenos catalogados como Monte de Utilidad Pública que supone el 15% respecto de 0,27 euros por metro cúbico, que actualmente se abona a la Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana».

Lafarge se compromete a realizar una actualización topográfica con posterioridad inmediata a la firma del presente convenio, y que servirá́ de base para el cálculo del volumen extraído, sin perjuicio del control municipal pactado. Lafarge comunicará al ayuntamiento el volumen de mineral de caliza extraído durante los doce meses anteriores mediante un informe.

El canon vigente en cada anualidad, será abonada por Lafarge directamente al Ayuntamiento, dentro del mes siguiente a la finalización de cada anualidad de vigencia del presente convenio, con excepción de la cantidad que le será abonada a través de la Consellería de Medioambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat Valenciana. El canon se aumentará el 1 de enero de cada año conforme al IPC anual.

La mercantil en este convenio manifiesta «su renuncia a cualquier derecho que pudiera tener sobre la explotación minera las áreas definidas como Zona de Exclusión», que suponen el resto de reservas calcáreas de las que la Lafarge es titular en la zona de propuesta de Paraje Natural Municipal e incluidas dentro del perímetro de tolerancia extractiva del vigente PGOU de Sagunto.

La cementera se compromete a suscribir un Convenio de Responsabilidad Social Corporativa con el fin de contribuir, activa y voluntariamente a la mejora social, deportiva, cultural, económica y ambiental del municipio de Sagunto y sus ciudadanos aportando para ello una contribución proporcional al volumen de material extraído, a razón de 0,1 euros por metro cúbico a contar desde la firma de este convenio, que se incrementará hasta 0,5 euros por metro cúbico «en el momento que exista licencia de actividad municipal para la explotación minera en la zona del Piñal» y cuyo pago se verificará anualmente tras las mediciones de la empresa y las comprobaciones municipales que se entiendan oportunas.

En dicha aportación se entiende incluido el coste total del Plan de Actuaciones para la conservación del Paraje Natural Municipal Romeu-San Cristóbal al que se hace referencia anteriormente

Entrada en vigor y duración del convenio

El presente convenio entrará en vigor en el mismo día de su firma, y estará́ vigente en tanto la multinacional del cemento lleve a cabo la explotación minera de alguna de las zonas a que se hace referencia en este acuerdo.

Lógicamente, los puntos del presente convenio que se refieren a la ampliación de la zona extractiva actual no tendrán efecto sin la obtención por parte de a Lafarge de las autorizaciones de las administraciones competentes, incluida la correspondiente Declaración de Interés Comunitario (DIC), y las legalmente necesarias para el desarrollo de la actividad minera a que se refiere este documento.


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Modificado por última vez en Viernes, 07 Agosto 2015 21:49

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