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La empresa ha decidido recurrir la sentencia que les condena por una infracción urbanística

Lafarge reitera que no ha explotado ninguna superficie fuera del perímetro autorizado en la cantera del Salt del Llop

Mojones que señalan el limite de la cantera del Salt del Llop que se puede ver al fondo Mojones que señalan el limite de la cantera del Salt del Llop que se puede ver al fondo Lafarge reitera que no ha explotado ninguna superficie fuera del perímetro autorizado en la cantera del Salt del Llop
Viernes, 06 Noviembre 2020 16:55

Lafarge ha sido notificada de la sentencia dictada en el Recurso de Apelación promovido contra la sentencia dictada en el Procedimiento Ordinario nº 163/17, tramitado por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 4 de Valencia, relativa al expediente de legalidad urbanística que el Ayuntamiento de Sagunto inició en 2016 por una presunta infracción cometida por la fábrica de Lafarge en las tareas de extracción de piedra caliza en su cantera de Salt del Llop.

Como ya informó El Económico, esta sentencia que desestima el Recurso de Apelación formulado por la compañía y confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 4 de Valencia no es firme y contra ella cabe Recurso de Casación ante la Sala 3ª del Tribunal Supremo y ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de 30 días.

LafargeHolcim ha informado de que está trabajando en la preparación del Recurso de Casación «desde el convencimiento de que su actuación en la cantera de Salt de Llop, en ningún momento, ha vulnerado la normativa urbanística de Sagunto y que no se ha explotado ninguna superficie fuera del perímetro autorizado por la licencia municipal ni fuera del perímetro otorgado para su concesión minera y su plan de restauración integral».

La compañía ha recordado que la cantera de Salt del Llop «dispone de todos los permisos y autorizaciones necesarios para su funcionamiento y extracción de la piedra caliza que se suministra a la fábrica de Sagunto y todas las labores mineras se realizan siempre dentro del perímetro extractivo autorizado por el Servicio de Minas de la Generalitat Valenciana». También han recordado que el Ayuntamiento «utilizó los Informes de sus Técnicos para sustentar la comisión de una infracción urbanística y ordenar la restauración de la legalidad urbanística por la ejecución de obras realizadas en la cantera de Salt del LLop en dos superficies (14.500 m2 y 7.200 m2), al carecer de autorización urbanística y amparándose en lo dispuesto en el artículo 213 de la Ley 5/2015, de 25 de julio de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunidad Valenciana».

Tal y como explican desde la mercantil: «Existe una evidencia cierta de que los límites de la licencia otorgada a LafargeHolcim por el propio Ayuntamiento tienen una delimitación física, señalada mediante hitos y mojones que no dejan lugar a dudas de que la compañía nunca ha explotado áridos fuera del perímetro de su licencia municipal. De haberlo hecho, tal y como señalan los Informes de los Técnicos Municipales, estos mojones físicos ya no estarían en el mismo sitio y lugar en el que fueron colocados en el año 1989 para delimitar el perímetro autorizado por la licencia municipal otorgada. Es decir, esta limitación señalada por hitos y mojones no se ha movido del terreno desde ese año, ni la actividad de la cantera la ha rebasado».

Todas estos argumentos son los que impulsan a Lafarge a la defensa de sus intereses y derechos, tanto ante las instancias municipales como ante los tribunales, «y a proseguir con la labor de hacer prevalecer la realidad de unos hechos utilizados de manera interesada por el anterior equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Sagunto para instruir un expediente de restauración de la legalidad urbanística sobre unas superficies concretas y delimitados en la cantera de Salt del Llop, que, sin embargo y a pesar de los esfuerzos municipales, se encuentran amparadas tanto por los permisos y autorizaciones otorgados España por la administración autonómica como por los otorgados en su día por la propia administración municipal que habilitan a esta compañía para la extracción de áridos sobre la mismas», aseguran.

Sentencias favorables a LafargeHolcim

Desde LafargeHolcim han querido destacar que, recientemente, se ha ganado un pleito contra el Ayuntamiento de Sagunto que había iniciado en 2017 un procedimiento sancionador contra la empresa, argumentando un incumplimiento en las cotas de excavación de la cantera.

«En este proceso ha quedado probado que LafargeHolcim viene explotando la cantera de Salt del Llop cumpliendo en todo momento los condicionantes impuestos por los diferentes permisos y limitaciones otorgados a su favor por las diferentes administraciones públicas. La sentencia dictada en este procedimiento es firme a día de hoy al no haber sido apelada por el Ayuntamiento», apuntan.

Además, como ya adelantó este periódico, también se ha dictado sentencia favorable a LafargeHolcim en el pleito interpuesto por diversos representantes políticos, concretamente del grupo municipal de Compromís así como del desaparecido ADN Morvedre, del anterior equipo de gobierno del Ayuntamiento de Sagunto, que presentaron demanda contra el acuerdo de prórroga para la ocupación de la cantera otorgado en octubre de 2017 por la Generalitat Valenciana.


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Modificado por última vez en Viernes, 06 Noviembre 2020 17:00

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