La ayuda municipal no podrá exceder de los 5.000 euros, será conpatibles con la de otras administraciones y, en su conjunto, no podrá exceder la cuantía de las pérdidas causadas

Sagunto aprobará la semana próxima su plan de ayudas para pymes y autónomos del municipio

El Ayuntamiento de Sagunto habilita fondos económicos para ayudar a las pymes y autónomos El Ayuntamiento de Sagunto habilita fondos económicos para ayudar a las pymes y autónomos Sagunto aprobará la semana próxima su plan de ayudas para pymes y autónomos del municipio
Jueves, 30 Abril 2020 19:28

En la tarde de este pasado miércoles se reunió telemáticamente el Consejo Económico y Social, (CES) del municipio de Sagunto, que fue convocado por su presidente y, a la vez, alcalde de Sagunto, el socialista Darío Moreno. Esta nueva reunión del citado órgano, donde están representados los agentes socioeconómicos del municipio, fue convocada para dar cuenta de cómo ha quedado la versión definitiva de las normas reguladoras de concesión de subvenciones para personas autónomas y pymes afectadas por el Real Decreto 463/2020.

Aunque en la tarde de este mismo jueves se ha celebrado pleno municipal ordinario, el correspondiente al mes de abril, también de manera telemática, no se ha podido incluir en su orden del día el asunto de las citadas normas reguladoras de concesión de subvenciones, por cuestiones de índole técnico, entre ellas, por los problemas del departamento municipal de Intervención, que se ha vuelto a quedar sin Interventor. Debido a ello, a finales de abril no se conocía todavía cuál es el superávit del presupuesto municipal del ejercicio 2019, pese a que ya han transcurrido cuatro meses del año 2020.

Hay que tener en cuenta que, de la cuantía del superávit, que se espera sea importante, dependen, además de las ayudas a los autónomos y las pymes, la puesta en marcha de un plan de empleo, que ha sido propuesto por diferentes partidos de la oposición y que, dadas las circunstancias de extrema gravedad, tendrá que ser impulsado por el consistorio, tal y como ya ocurrió en la anterior crisis, bajo el Gobierno municipal del Partido Popular.

Las normas reguladoras que, con toda seguridad, se aprobarán el jueves próximo y que persiguen ofrecer una ayuda a los autónomos y las pymes de hasta 5.000 euros, en su primer punto señala expresamente: «El objeto del presente programa es actuar para mitigar las consecuencias económicas provocadas por la crisis sanitaria a causa del COVID-19 e impulsar la actividad económica en el término municipal de Sagunto. Bajo esta premisa se otorgará liquidez inmediata a personas autónomas y a las empresas locales con el propósito de amortiguar la pérdida drástica e imprevista de ingresos, aliviar sus obligaciones empresariales y ayudarles a mantener la actividad y el empleo de sus trabajadoras y trabajadores».

Más adelante, el texto aclara que con esta medida se pretende: «preservar la vitalidad socioeconómica de Sagunto, ayudando a las personas autónomas, microempresa y pequeña empresa, durante el periodo de alarma motivado por la crisis sanitaria y, una vez finalizada esta, facilitar la rápida reactivación de la economía local».

Beneficiarios

En cuanto a quiénes podrán beneficiarse de estas ayudas municipales, el artículo 4 que es el que lo regula, señala que podrán acogerse a este programa las personas físicas o jurídicas que realicen una actividad empresarial en el término municipal de Sagunt con anterioridad a la declaración del estado de alarma por el RD 463/2020, de 14 de marzo, y que cumplan una serie de requisitos. La lista de condiciones, que es muy extensa, en su punto A indica textualmente: «que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma, una microempresa o pequeña empresa. Las microempresas y las pequeñas empresas son aquellas definidas conforme Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014».

Sin embargo, en el punto B matiza: «Que la actividad se viera directamente afectada por el estado de alarma con el cierre del establecimiento o reducción de su facturación durante el mes de marzo de, al menos, el 50% respecto del promedio facturado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Cuando la persona solicitante no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad».

Otro requisito, fijado en el punto C señala: «que no obtuvieron beneficios netos de su actividad económica superiores a 30.000 euros en el ejercicio 2019». Por otro lado, el punto J determina que: «que el domicilio fiscal de la actividad productiva esté en el término municipal de Sagunt».

Cuantía

Por lo que se refiere a la cuantía de las ayudas, el artículo 5 en su punto 4 indica que el importe total a percibir no superará los 5.000 euros y todo ello hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria. En cuanto a la compatibilidad con otras subvenciones, la normativa establecida sí lo permite, según establece el punto 1 del artículo 6: «las subvenciones reguladas en estas bases serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad y que sean de otras administraciones públicas, teniendo en cuenta lo referido en el apartado 4.3. Este apartado, el 4.3, marca el criterio en los siguientes términos: «en ningún caso el importe de la subvención unido al de otras posibles subvenciones, procedentes de cualquier administración o ente público o privado podrá superar la merma de ingresos de la actividad como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus».


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Modificado por última vez en Jueves, 30 Abril 2020 23:31

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