El expediente tendrá una duración inicial de dos meses, aunque se podrá prorrogar por otros dos, dependiendo de las circunstancias

Trabajadores y empresa logran cerrar un ERTE de mutuo acuerdo en AGC

Sindicatos y empresa acercan posiciones y sacan adelante un ERTE de mutuo acuerdo en AGC (Foto: Drones Morvedre) Sindicatos y empresa acercan posiciones y sacan adelante un ERTE de mutuo acuerdo en AGC (Foto: Drones Morvedre)
Miércoles, 08 Abril 2020 12:44

Después de una intensa negociación, se ha podido alcanzar un acuerdo en AGC Flat Glass Ibérica entre empresa y representación para la aplicación del ERTE. En este sentido cabe resaltar que se reduce la duración del expediente, pasando de 4 a 2 meses, y si al cabo de los 2 meses las causas persistieran, podría ser prorrogado por las partes firmantes. El ERTE afectará a todos los trabajadores de la factoría, aunque se contemplan unas afectaciones y rotaciones para minimizar el impacto y que no recaiga en un número concreto de personas, garantizando el trabajo mínimo para mantener el horno y la actividad básica de la planta. Siendo de destacar que los trabajadores jubilados parcialmente no estarán afectados por el expediente.

Otro aspecto destacable, es que la Empresa se compromete a garantizar los puestos de trabajo indefinidos en su integridad para los 12 meses siguientes a la finalización del ERTE. En cuanto a las vacaciones, la suspensión de contratos no afectará ni al tiempo, ni al importe económico de disfrute de vacaciones, el cual no se verá reducido en la proporción de los días de afectación. Respecto a las pagas extras, se pagará el primer mes del ERTE desde el 15 de abril al 14 de mayo. El segundo mes este complemento no será abonado, solo se aportará la parte proporcional del mes trabajado.

Por lo que a la complementación salarial se refiere, indicar que se establece un complemento salarial lineal a la prestación por desempleo por tramos de afectación, en base a una serie de parámetros. Cuando los días de afectación se encuentren entre el 0% y el 24,99% de las jornadas de un mes, no se complementará el salario con ninguna cuantía. Si los días de afectación se encuentren entre el 25% y el 49,99% de las jornadas de un mes, se complementará cada día de afectación con el importe de 10,00 euros brutos. En el caso de que los días de afectación se encuentren entre el 50% y el 74,99% de las jornadas de un mes, se complementará cada día de afectación con el importe de 12,00 euros brutos. Y, por último, en el supuesto de que los días de afectación se encuentren entre el 75% y el 100% de las jornadas de un mes, se complementará cada día de afectación con el importe de 15,00 euros brutos.

Asimismo, se acuerda crear una Comisión de Seguimiento del ERTE, que estará compuesta por la representación legal de los trabajadores y de la empresa, reuniéndose cada 15 días.

Aunque el comunicado emitido por los sindicatos UGT y CCOO es mucho más extenso, estas son, a grandes rasgos, las principales condiciones del ERTE que ha sido finalmente acordado por la empresa y los sindicatos, después de una larga negociación.


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