Los electores que decidan hacerlo por correo, pueden solicitar hasta el día 18 de mayo, inclusive, el certificado de su inscripción en el censo electoral correspondiente

El 28-M podrán votar entre todos los pueblos de la comarca 72.663 personas

Viernes, 28 Abril 2023 21:25

CUADRO CENSOS23dentro

Dentro de un mes exactamente, el 28 de mayo, tendrán una cita con las urnas para la renovación de corporaciones locales y las Cortes Valencianas un total de 70.471 persona con derecho a voto que residen en los 16 municipios del Camp de Morvedre, más 2.192 que también podrán votar desde el extranjero. Estos datos, tal y como se puede contemplar en el cuadro, corresponden al censo cerrado a fecha de 1 de marzo de 2023 y han sido publicados por el Instituto Nacional de Estadística.

Como es lógico, la capital de la comarca es el municipio que registra un censo más numeroso. De esta manera, el 28-M podrán votar en Sagunto 49.610 personas que habitan en este término municipal, mientras que también tienen derecho a ejercitar el sufragio universal 1.778 residentes en el extranjero que pertenecen a esta población. En 2019 el censo ascendió a 49.428 y en las elecciones de 2015 fue de 48.860, esto significa que en estas elecciones del 28-M pueden votar 750 más que en 2015 y 182 más que en 2019. De acuerdo con estas cifras, no se detecta entre 2019 y 2023, es decir, un periodo de cuatro años, un crecimiento de la población muy numeroso, a pesar de todas las expectativas que está levantando Parc Sagunt I y, sobre todo, el anuncio de la futura planta de construcción de baterías que se levantará entre 2023 y 2026 en Parc Sagunt II.

De la comarca del Camp de Morvedre la segunda población más importante por número de habitantes es la vecina Canet d’En Berenguer, que ya acoge a numerosos ciudadanos que antes habitaban en Puerto Sagunto. De los residentes en este municipio tienen derecho a voto un total de 5.249 personas, aunque 118 podrán ejercitar este derecho desde el extranjero. En 2015 el censo electoral de aquellas elecciones ascendió a 4.963 personas y en 2019 a 5.007. Esto implica que en los comicios del 28-M podrán votar 286 electores más que en 2015 y 242 más que en las anteriores elecciones municipales de 2019.

La tercera población por tamaño de censo electoral es Faura, la capital de la subcomarca de Les Valls. En esta localidad podrán ejercitar su derecho al voto 2.779 personas residentes en este municipio y 65 más que viven fuera de España. En 2015 el censo electoral alcanzaba la cifra de 2.757 y en 2019 fueron 2.768 los censados. Como se puede apreciar, en estos saltos de cuatro en cuatro años las diferencias no son muy significativas, ya que el próximo 28 de mayo votarán en Faura 22 personas más que en 2015 y 11 más que en 2019.

Voto por correo

Aquellas personas que quieran ejercer su derecho al voto, pero por determinadas circunstancias no puedan acudir a votar el domingo, 28 de mayo, a su respectiva mesa electoral, siempre podrán recurrir a votar por correo. En este sentido se puede indicar que desde el pasado 4 de abril es posible solicitar el voto por correo de acuerdo con la convocatoria publicada en esa fecha.

De esta manera, los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 18 de mayo, inclusive, el certificado de su inscripción en el censo electoral correspondiente. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos.

Por vía telemática, los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos, www.correos.es, sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su personalidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

Presencialmente, la solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad, acreditada mediante certificación médica oficial, que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente.

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo. El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 24 de mayo de 2023.


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Modificado por última vez en Viernes, 28 Abril 2023 16:31

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