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Este procedimiento judicial tiene su origen en una resolución del Ayuntamiento de Sagunto de octubre de 2016

El Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso de apelación de Lafarge y resuelve a favor del Ayuntamiento de Sagunto

Francesc Fernández, Concejal de Urbanismo y portavoz de Compromís Francesc Fernández, Concejal de Urbanismo y portavoz de Compromís
Jueves, 05 Noviembre 2020 16:30

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha resuelto a favor del Ayuntamiento de Sagunto ante el recurso de apelación presentado por Lafarge y que confirma la sentencia nº 103/19, de 25 de febrero, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 4 de València, que desestimaba la demanda contra la resolución del Ayuntamiento de Sagunto del 23 de marzo de 2017, confirmaba los actos administrativos impugnados y obligaba a la empresa al pago de las costas procesales.

Dicha resolución de marzo de 2017, desestimaba, a la vez, el recurso de reposición interpuesto contra la resolución del Ayuntamiento de Sagunto el 21 de octubre de 2016, dictada en el expediente de restauración de la legalidad urbanística. Este expediente afirma la detección de áridos en una parcela de propiedad municipal fuera del perímetro extractivo en la Pedrera Salt del Llop.

En la sentencia, el tribunal desestima todas las alegaciones de carácter formal hechas por Lafarge. Primero, sobre la falta de notificación a otros interesados porque no hay otros terceros interesados; segundo, sobre la infracción del 233.4 de la LOTUP porque no resulta aplicable y no se ha generado indefensión; y tercero, sobre la toma en consideración del acuerdo aportado por el Ayuntamiento en fase de conclusiones porque se trataba de un acuerdo posterior a la formulación de la contestación de la demanda.

En cuanto a la parte del fondo del asunto, la mercantil pide modificar la valoración de la prueba, y el TSJ rechaza modificar esta valoración puesto que «de ninguna forma puede afirmarse que la valoración de la prueba no ha sido razonada ni razonable» por el juez de primera instancia, y «su juicio fue motivado y conforme a Derecho».

El tribunal, además de desestimar este recurso de apelación y confirmar la sentencia dictada, ha impuesto a la mercantil el pago de 1.000 euros en concepto de costas.

Valoración de Francesc Fernández

Ante este pronunciamiento judicial el anterior alcalde de Sagunto y actual concejal de Urbanismo, Francesc Fernández, que, casualmente, perdía hace una fechas un pleito contra la cementera, ha realizado la siguiente valoración: «hoy es un día muy importante para el Ayuntamiento de Sagunto y para los ciudadanos porque el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha ratificado la sentencia que en primera instancia daba la razón al Ayuntamiento de Sagunto en relación al expediente de infracción urbanística cometido por la empresa Lafarge. Se trata de una infracción que detectaron los técnicos municipales cuando se estaba redactando la declaración de paraje municipal de Romeu y que consistía en la invasión de una importante superficie cualificada como suelo no urbanizable protegido. Es decir, tal y como defendíamos desde el Ayuntamiento, Lafarge se había excedido en el perímetro de la extracción ocupando terreno del mismo Ayuntamiento . Se trata de una infracción muy grave desde el punto de vista urbanístico y ambiental y por segunda vez los tribunales nos dan la razón. Es una sentencia que entra en el fondo del asunto y satisface el interés general y de los ciudadanos, que por eso estamos los políticos, para defender los intereses generales, no los intereses de las empresas. Esta ha sido una infracción urbanística gestionada desde el departamento de Urbanismo».

Asimismo, Fernández ha querido aprovechar la ocasión para hacer referencia «a otra sentencia de carácter patrimonial como la que se perdió hace unos meses por una cuestión formal, no de fondo. También detectamos que había un exceso de extracción de material y abrimos el oportuno expediente que finalmente la empresa recurrió y que un tribunal le dio la razón por una cuestión formal. En esta serie de contenciosos la posición de Compromís es siempre la misma, siempre hemos defendido los informes municipales, otra cosa es que haya partidos de la oposición y también del equipo de Gobierno que no han secundado estos informes y cuando se ha tomado una decisión han votado en contra o se han abstenido y han debilitado la posición del Ayuntamiento y el interés público. El interés público es lo que siempre ha defendido Compromís, tanto desde las instituciones, como desde la política. Por ejemplo, en la última sentencia que ha aparecido recientemente, nosotros actuamos en nuestro nombre porque en el pleno que se tenía que recurrir algunos partidos políticos miraron hacia otro lado y no secundaron los informes. Esperamos que la justicia ponga a cada cual en su lugar y que el interés de la montaña de Romeu y el patrimonio municipal se imponga a los intereses particulares. Nosotros siempre estaremos con nuestra ciudad y los intereses generales».


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Modificado por última vez en Viernes, 06 Noviembre 2020 16:55

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