Cabe recordar que la Audiencia Nacional declaró que el Malecón de Menera seguía incluido dentro del dominio público marítimo terrestre

El Supremo no admite a trámite el recurso de Prosagunsa contra la sentencia del Malecón

Imagen de archivo de los terrenos del Malecón en Puerto de Sagunto Imagen de archivo de los terrenos del Malecón en Puerto de Sagunto El Supremo no admite a trámite el recurso de Prosagunsa contra la sentencia del Malecón
Viernes, 29 Marzo 2019 18:27

La Junta de Gobierno de Sagunto ha tenido conocimiento esta mañana de la providencia dictada el 12 de marzo pasado por el Tribunal Supremo (Sección Primera Sala de lo Contencioso Administrativo) según la cual este tribunal no ha admitido a trámite el incidente de nulidad de las actuaciones presentado por Promotora Saguntina S.A. contra la inadmisión del recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró que el Malecón de Menera seguía incluido dentro del dominio público marítimo terrestre. Contra esa providencia no cabe recurso alguno.

El alcalde de Sagunto, Francesc Fernández, ha agradecido a los servicios jurídicos del Ayuntamiento, a Urbanismo, Secretaría General y a la colaboración de personas que a título individual han prestado su ayuda, además de a la Escuela de Aprendices «por aportar planos y documentación». Con esta ayuda, «se ha demostrado que no hay ningún derecho y, por lo tanto, no hay lugar a ninguna expropiación».

Fernández explica que con esta decisión del Tribunal Supremo se cierra de manera definitiva este contencioso «que dejó la línea marítima terrestre, de dominio público, donde estaba. Y que preservó los derechos e intereses de todos los ciudadanos de nuestra institución que se vieron vulnerados de manera ilegítima por parte de intereses privados». Para Fernández «es una grandísima noticia. Hemos prestado un servicio inestimable a nuestra ciudad gracias al trabajo de nuestros técnicos y a las decisiones valientes que tomamos en su momento y que hemos mantenido hasta el final».

Después de la sentencia de la Audiencia Nacional, del pasado 5 de junio de 2018, que declaró la nulidad de la Orden ministerial (de 30 de julio de 2014) y que daba la razón al Ayuntamiento de Sagunto y declaraba que el Malecón de Menera estaba dentro del dominio público marítimo terrestre, la empresa presentó ante esta sentencia firme un incidente de nulidad de las actuaciones, es decir, la nulidad del proceso, que ahora también ha sido inadmitido por el Tribunal Supremo.

En la Orden ministerial que se adoptó el 30 de julio de 2014, se aprobó una modificación del deslinde a los efectos de excluir del dominio marítimo-terrestre la finca registral 37.075, que se intenta atribuir al terreno conocido como Malecón de Menera. Esto dio pie posteriormente a que la empresa Prosagunsa, propietaria de los terrenos, solicitara al Ayuntamiento de Sagunto su expropiación por un importe de 100 millones de euros.

Así pues, la sentencia nº 348/18, de 5 de junio de 2018, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, declara la nulidad de esta orden ministerial de 2014, que excluía de dominio público marítimo-terrestre el Malecón de Menera. Por lo tanto, con la citada sentencia quedó sin efecto la modificación del deslinde y los terrenos siguen incluidos en el dominio público marítimo terrestre.


Si le ha interesado esta información, puede unirse a nuestro canal de Telegram y recibirá todas las noticias que publicamos para el Camp de Morvedre. Síganos en https://t.me/eleco1986

Modificado por última vez en Viernes, 29 Marzo 2019 18:53

Artículos relacionados (por etiqueta)

 

 

SUCESOS

SALUD