Aunque las dos últimas sentencias judiciales producidas el 5 y 8 de junio no son firmes, proporcionan un respiro al Ayuntamiento de Sagunto en su pelea por evitar que el malecón caiga en manos de la especulación urbanística

Malecón de Sierra Menera: 30 años pleiteando por su propiedad

Viernes, 15 Junio 2018 18:42

rp malecondNatalia Antonino (PSOE), Roser Maestro (EU), Pepe Gil Alcamí y Teresa García (Compromís), compareciendo ante la prensa el pasado martes

El pasado martes, el Gobierno municipal de Sagunto informaba a los medios informativos en rueda de prensa sobre dos fallos judiciales de instancias distintas, favorables a las tesis municipales, respecto a los terrenos del malecón de la extinta Compañía Minera de Sierra Menera.

Las dos sentencias, que no son firmes, suponen sendos reveses para la mercantil Prosagunsa, propietaria de dicho suelo. Ambos pronunciamientos judiciales son importantes para la defensa del interés general municipal, sin embargo, ambos procesos tienen todavía cierto recorrido, es decir, habrá que esperar hasta el final para comprobar si estos fallos judiciales adquieren firmeza o no.

El más importante, probablemente, sea el de la Audiencia Nacional, donde recurrió el Ayuntamiento de Sagunto contra la resolución del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, siendo también codemandados la Autoridad Portuaria de Valencia, Cofivacasa y la propia Prosagunsa.

El consistorio saguntino recurría, mediante esta acción judicial, contra la Resolución de la Ministra de Medio Ambiente de 30 de junio de 2014 por la que se aprobaba el deslinde que excluye del dominio público marítimo terrestre la finca registral 37.075, inscrita en el Tomo 1735, Libro 383, Folio 27 en el Registro de la Propiedad nº 1 de Sagunto. Es decir, la delimitación de los terrenos propiedad de Prosagunsa.

La Audiencia Nacional, en sentencia recurrible en casación, declara que dicha resolución es nula por su disconformidad a Derecho, con desestimación del resto de las pretensiones planteadas por el Ayuntamiento de Sagunto en la demanda.

El segundo varapalo judicial para Prosagunsa se produce en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Valencia, donde esta mercantil presentó un recurso contra el acuerdo plenario aprobado por el Ayuntamiento de Sagunto en el pleno municipal del 30 de abril de 2013. Dicho punto, el 3 del orden del día de aquella sesión plenaria, era el relativo a la «Ampliación de las alegaciones municipales efectuadas a la propuesta de delimitación de la finca registral 37.075 en el norte del puerto comercial de Sagunto».

El citado tribunal, en un fallo que tampoco es firme y contra el que cabe la correspondiente apelación, desestima la demanda interpuesta por la mercantil Prosagunsa contra el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Sagunto de 30 de abril de 2013, confirmando en todos sus términos el acto administrativo impugnado.

Algunos antecedentes

El 9 de julio de 1988 la sociedad mercantil Prosagunsa adquirió en una subasta de la Seguridad Social, a precio de ganga, durante el proceso de liquidación de la Compañía Minera de Sierra Menera, los derechos de la concesión que, sobre los terrenos del malecón, tenía esta empresa, por tanto, este próximo mes de julio se cumplirán tres décadas desde que se iniciara esta batalla legal por la propiedad de este suelo, afectado de lleno por el dominio público marítimo terrestre. Durante estos treinta años, la mercantil no ha dejado de probar suerte en los tribunales de justicia, al tiempo que ha tanteado a los diferentes gobiernos municipales para intentar extraer beneficio urbanístico a esta parcela.

De hecho, en la legislatura que transcurrió entre 1987 y 1991, siendo alcalde José García Felipe y concejal de Urbanismo Marcelino Gil Gandía, se avanzó bastante en la propuesta realizada por la empresa para construir en este espacio un apartahotel, planteamiento que no llegó a fructificar. Tres décadas después, el terreno sigue ahí, en medio de Puerto de Sagunto, abandonado y ofreciendo un bochornoso espectáculo a todos los que visitan esta parte del municipio.

Podría decirse que la mayoría de las acciones legales planteadas por la titular de la concesión, para conseguir la propiedad del suelo, fueron infructuosas durante muchísimos años. Aunque fue a partir de 2007 cuando el nuevo rumbo emprendido por los jurídicos de Prosagunsa, empezó a a ofrecer resultados más favorables.

Efectivamente, la mercantil presentó en 2007 un procedimiento civil ordinario, cuya primera fase culminaba el 23 de noviembre de 2009, con la celebración, en el Juzgado de primera instancia número 3 de los de Valencia, de la preceptiva audiencia para oír a las partes. El demandante ejercitaba en este pleito una acción declarativa del dominio al amparo del artículo 348 de Código Civil, que textualmente dice: «La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes», y «El propietario tiene acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa para reivindicarla».

Tras la celebración del juicio, el citado tribunal emitió su sentencia el 25 de enero de 2010, desestimando íntegramente la demanda presentada por Prosagunsa sobre acción declarativa de dominio. En tal sentido, el fallo indicaba: «absolver y absuelvo a dicha demandada [Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente] de las pretensiones contra ella deducidas, con la expresa imposición de las costas causadas a la demandante».

Sin embargo, contra dicho pronunciamiento judicial, que no era firme, Prosagunsa interpuso recurso de apelación y, previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a la Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se dio trámite al recurso, acordándose la fecha para la votación y el consiguiente fallo, casi un año después, el día 13 de diciembre de 2010.

El 9 de julio de 1988 la sociedad mercantil Prosagunsa adquirió en una subasta de la Seguridad Social, a precio de ganga, durante el proceso de liquidación de la Compañía Minera de Sierra Menera, los derechos de la concesión que, sobre los terrenos del malecón

En efecto, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia emitió sentencia unas fechas después, el 22 de diciembre, en la que estimaba en su totalidad el recurso de apelación presentado por Prosagunsa contra el fallo de fecha 25 de enero de 2010, dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Valencia.

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Valencia revocaban en su totalidad el veredicto del Juzgado número 3 y en su lugar dictaban otro pronunciamiento por el que, con estimación esencial de la demanda «se declara la titularidad dominical de la actora [Prosagunsa] sobre la finca registral 37.075, Tomo 1.735, libro 383, folio 27 en el Registro de la Propiedad nº 1 de Sagunto, [los terrenos del malecón de Menera] como bien de titularidad privada desde la Real Orden de 11-8-1902». Este fallo judicial tampoco era firme y contra el mismo cabía la preparación del recurso de Infracción Procesal y de Casación en el plazo de cinco días y ante el mismo tribunal.

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia, en el auto dictado el 26 de enero de 2011, acordaba en la parte dispositiva: «No a lugar a tener por preparado el recurso de casación, interesados por el abogado del Estado en nombre y representación de Costas del Ministerio de Medio Ambiente». Desde el momento en el que los tribunales de justicia atribuían la propiedad de los 70.000 metros cuadrados del malecón de Sierra Menera a la empresa Prosagunsa, se producía un cambio de 180 grados en este litigio. Sin embargo, todavía seguía existiendo un importante escollo, puesto que esta propiedad se encontraba afectada de lleno por el dominio público marítimo terrestre.

Derechos urbanísticos y presión

Una vez que los tribunales de justicia reconocían a Prosagunsa como propietaria del suelo, la empresa empezó a poner en valor sus pretensiones económicas. Según publicaba este mismo periódico el 9 de diciembre de 2011, esta compañía anunciaba la puesta en marcha del cronómetro para iniciar el proceso de expropiación de este suelo por parte de la administración local.

foto malecondImagen actual del Malecón de Sierra Menera

El equipo de Gobierno de la época, presidido por el popular Alfredo Castelló, interpretó esta iniciativa como una forma de ejercer presión en el proceso de negociación que pretendía abrir la empresa para determinar el destino final de estos terrenos. No obstante, desde Prosagunsa recordaban que, desde la puesta en marcha del mecanismo para solicitar la expropiación, había por delante un plazo de dos años, tiempo que consideraban más que suficiente para poder llegar a un acuerdo plenamente satisfactorio para las partes.

Los directivos de Prosagunsa aseguraban su buena disposición y, en consecuencia, estar abiertos a todas las posibilidades, desde traspasar la propiedad al municipio, previo pago de la cuantía correspondiente, a buscar otras alternativas que no resultaran gravosas para el Consistorio y, a su vez, permitieran a la empresa disfrutar de los derechos urbanísticos que por ley le pudieran corresponden.

En esta línea, los directivos de Prosagunsa cifraban el coeficiente del aprovechamiento urbanístico en 1,26, que, según aseguraban, era similar al del entorno. Esto significaba que, por cada metro de suelo, les correspondería 1,26 metros de techo, lo cual representaba, según los cálculos realizados por la propia empresa, una volumetría de 95.000 m² techo. Esta superficie daría de sí para poder construir alrededor de 860 viviendas de 100 m² en el malecón. Recordar, asimismo, que la mercantil llegó a fijar en 100 millones de euros el supuesto justiprecio que debía de abonar el Ayuntamiento de Sagunto por la expropiación del suelo.

Unos meses después, el 28 de junio de 2012, en pleno verano, Prosagunsa le daba una vuelta a la tuerca de la presión, cerrando al tráfico la carretera que circunda el malecón, tanto por la rotonda de la calle Luis Cendoya, como por el lado Norte. Sobre esta acción, el alcalde del momento, Alfredo Castelló, calificaba de inconscientes a los responsables de la empresa: «lo han cerrado porque son unos inconscientes y porque quieren presionar al Ayuntamiento, pero yo no acepto presiones». Asimismo, Castelló aclaraba que la empresa: «no tiene ningún permiso para cerrar el tráfico, y desde el Ayuntamiento hemos denegado dos veces el permiso para hacerlo. Además, la Dirección de Costas entiende que eso es de dominio público, e independientemente de que haya un trozo del malecón de Menera que sea privado, el acceso al dominio público no se puede prohibir».

El acta de apeo

En la mañana del 26 de marzo de 2013 se celebraba in situ una reunión entre la Demarcación de Costas, la Autoridad Portuaria, el Ayuntamiento de Sagunto y Prosagunsa. Este encuentro, entre las partes afectadas, se convocó para levantar el acta de apeo y determinar los lindes exactos de la propiedad privada reconocida por los tribunales a Prosagunsa.

Este trámite se tuvo que llevar a cabo porque a la empresa se le reconoció, por pronunciamiento judicial firme, ser la dueña de 66.000 metros cuadrados, aunque no se delimitada esta superficie sobre el terreno, es decir, no se había fijado hasta la fecha el deslinde y demarcación de la parcela resultante. Con este trámite se establecieron sobre el terreno los límites exactos de la propiedad.

De los asistentes a la reunión, tanto la Demarcación de Costas de Valencia como la representación de la Autoridad Portuaria de Valencia, mostraron su total conformidad con el acta de apeo, no así la empresa Prosagunsa ni el Ayuntamiento de Sagunto, aunque por diferentes motivos.

Una vez conocidas las delimitaciones físicas del terreno propiedad de Prosagunsa, el Ayuntamiento de Sagunto empezó a mirar con lupa el origen del suelo afectado por el acta de apeo, de tal manera que el 10 de abril de 2013 se celebró un pleno municipal extraordinario en el que se aprobaron las primeras alegaciones contra el acta del deslinde, levantada el 26 de marzo anterior. En aquel pleno ya se dejó claro que la finca registral 20.384, incluida dentro de los límites de la parcela de Prosagunsa, se inscrituró a favor de AHM el 13-6-70.

Efectivamente, según las alegaciones redactadas por los técnicos municipales, los 66.900 m2 que el Juzgado reconoció como propiedad de Prosagunsa con el número del Registro de la Propiedad 37.075, procedían de la segregación de otra finca, en concreto, la número 13.645, de una superficie de 161.755 m2.

Sin embargo, se aseguraba desde la instancia municipal «que no todos los terrenos que originariamente formaron la finca 13.645 eran terrenos integrados en la concesión demanial correspondiente».

A este respecto cabría señalar que la finca 20.384, de una extensión de 38.000 m2, procede de una segregación de 25.000 m2 de la finca 13.645, que junto a otras segregaciones, en concreto la finca 20.386, fue escriturada a favor de AHM el 13 de junio de 1970.

Posteriormente, en el pleno ordinario del 30 de abril de 2013, la Corporación municipal acordaba ampliar las alegaciones aprobadas en el pleno extraordinario del 10 de abril.

Asimismo, la propietaria del suelo anunció el 4 de julio de 2013, ante la sala de lo contencioso administrativo de Valencia, su intención de interponer recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Sagunto de 30 de abril de 2013, donde se dio luz verde a la ampliación de alegaciones. De este nuevo pleito se ha conocido ahora el fallo judicial contrario a las pretensiones de la empresa, aunque el mismo no es firme.

A principios de octubre de 2013 quedaba debidamente acreditado que Cofivacasa, S.A. compañía estatal creada para liquidar activos siderúrgicos, era la propietaria de la parcela ubicada fisicamente entre los límites de los terrenos que conforman los antiguos campos de Menera y el recinto portuario, es decir, dentro de los límites de la propiedad de Prosagunsa.

El Estado se desentiende

El 16 de abril de 2014, Francesc Fernández y Teresa García ofrecieron una rueda de prensa para informar de que el grupo municipal de Compromís en el Ayuntamiento de Sagunto trasladó, a través de su diputado en Madrid Joan Baldoví, una batería de preguntas sobre cuál iba a ser la postura del Gobierno de España frente al conflicto sobre los derechos del llamado malecón de Menera.

Desde el Gobierno nacional evitaron cualquier respuesta directa a las preguntas planteadas por Compromís, limitándose a ofrecer una recopilación cronológica de las demandas y sentencias judiciales surgidas en torno al malecón de Menera, acompañadas de la siguiente frase: «la Administración General del Estado, en cumplimiento de la legislación existente, ha defendido la pertenencia de dichos bienes al dominio público marítimo-terrestre, pero debe, con el máximo respeto a nuestro Estado de derecho, cumplir las resoluciones judiciales, como sucede en el presente caso».

Esta afirmación se interpretaba desde Compromís como una renuncia expresa del Gobierno central para apoyar la petición de revisión de la sentencia que hizo el Ayuntamiento de Sagunto, y que enlazaba con el reconocimiento expreso de que no se modificó la orden ministerial del 7 de julio en la que se exhortó a la Demarcación de Costas en Valencia a preparar una propuesta de deslinde del dominio público de estos terrenos.

Unas fechas después, el 30 de junio de 2014, el ministerio de Medio Ambiente aprobaba el deslinde que excluía del dominio público marítimo terrestre la finca registral 37.075, inscrita en el Tomo 1735, Libro 383, Folio 27 en el Registro de la Propiedad nº 1 de Sagunto. O sea los terrenos propiedad de Prosagunsa.
A principio de julio de 2014, la empresa Prosagunsa confirmaba a este periódico que se había dictado resolución del deslinde efectuado en marzo de 2013 por la Demarcación de Costas, sobre los terrenos de su propiedad. A partir de aquí quedaba físicamente delimitada la pastilla de 66.000 metros cuadrados de suelo que los tribunales le reconocieron en su momento a esta empresa, que, a partir de esa fecha, los tenía perfectamente localizados.

Por otro lado, en este deslinde se habilitaron las correspondientes servidumbres, dejando una franja de terreno de separación, de unos 30 metros de anchura, entre la pared norte del puerto marítimo y la propiedad de Prosagunsa, por lo que sí quedaba garantizada la circulación de vehículos.

El 29 de julio de 2014, el Ayuntamiento de Sagunto interpuso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional contra la resolución que excluía del dominio público marítimo terrestre la propiedad de Prosagunsa. De este proceso judiciales se ha conocido ahora la sentencias.

Apunto de ceder

Para el pleno correspondiente al mes de agosto de 2014, que, como es tradicional, se realizó en los primeros días de septiembre, estaba previsto que la Corporación tratara la modificación puntual del planeamiento en los terrenos del Malecón de Sierra Menera, rescatando del baúl de los recuerdos una propuesta urbanística que en 1989 sacaron adelante el CIPS de García Felipe, el CDS y el Partido Popular, tras llegar a un acuerdo con Prosagunsa, la empresa propietaria de la concesión de los citados terrenos.

De hecho, esta firma sufragó los costes del viaje y la estancia en la isla de Lanzarote, de una representación de la Corporación municipal de la época, encabezada por el Alcalde, José García Felipe y el Concejal de Urbanismo, Marcelino Gil Gandía, al que también acompañaba el edil del CDS, Miguel Ángel Cortés Flor. Hay que recordar que el CIPS arrebató la Alcaldía de Sagunto al PSOE en 1987, tras formalizar un pacto con los centristas de Cortés.

Sin embargo, el Partido Popular tuvo que retirar este punto del orden del día de la sesión plenaria por no contar con los apoyos suficientes para sacarlo adelante.


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Modificado por última vez en Martes, 26 Junio 2018 14:23

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