Según CCOO, en la sentencia absolutoria no ha quedado acreditado que «ninguno de los imputados profiriera insultos, agrediera o ejerciera violencia alguna contra los trabajadores que no secundaron la huelga, ni que les impidiera el acceso al centro de trabajo»

Absueltos los 21 trabajadores de Aluminios Baux, S.L.

 
Algunos de los trabajadores acudiendo a uno de los juicios Algunos de los trabajadores acudiendo a uno de los juicios Absueltos los 21 trabajadores de Aluminios Baux, S.L.
Viernes, 27 Octubre 2017 17:53

Ayer 26 de octubre se conoció la sentencia del juzgado de lo Penal número 2 de Castellón, que ha absuelto a los 21 trabajadores de la empresa, Compañía Valenciana de Aluminios Baux, por la imputación de delitos contra los derechos de los trabajadores, injurias y lesiones.
 
La imputación se realizó tras la denuncia presentada por la empresa contra 21 de los trabajadores, que secundaron la huelga del día 7 de junio de 2007, convocada por el Comité de Empresa.
 
Posteriormente Baux se apartó de la causa, aunque el Ministerio Fiscal mantuvo la acusación contra 21 trabajadores a los que acusaba de los delitos de injurias y lesiones imprudentes y contra los derechos de los trabajadores.
 
La mayoría de los 21 trabajadores encausados de Baux con sede en Soneja, pertenecen al sindicato de CCOO Industria del Camp de Morvedre y Alto Palancia y son vecinos de Puerto Sagunto en algunos casos.
 
«El Juez, deja claro, que no ha quedado acreditado que ninguno de los 21 imputados, hayan impedido el acceso a ningún trabajador a la empresa, que no impidieron retirar los objetos que obstaculizaban el túnel de acceso, que no profirieran insultos, amenazas, agredieran o ejercieran violencia alguna, contra los trabajadores que no secundaron la huelga. Por ello, el juzgado ha absuelto a los trabajadores de los delitos de los que se les acusaban», conforme acredita la sentencia, según apuntan desde el sindicato.
 
Así mismo se relata en la sentencia que el día de los hechos, en el marco de las acciones reivindicativas «propias de la huelga» un grupo de unas 40 personas se concentró a unos 500 metros de la empresa en un túnel que da acceso a la entrada de la fábrica. Allí coincidieron con los trabajadores que no secundaron la huelga y que iniciaban su turno de trabajo a esa hora.
 
A la vista de la numerosa concentración, agentes de la Guardia Civil aconsejaron a la trabajadores que aparcaran a un kilómetro de distancia y accedieran caminando a la fábrica. Al llegar al túnel estos trabajadores encontraron una cadena humana por los compañeros que sí secundaban la huelga.
 
El texto de la sentencia recoge que los huelguistas «rompieron la cadena de forma voluntaria a petición de los trabajadores que sí querían ir a trabajar sin que conste que se produjeran incidentes violentos».
 
En resumen, para el juez no ha quedado acreditado que los trabajadores concentrados «impidieran el acceso a ningún trabajador que no secundaba la huelga».
 
Sergio Villalba, secretario general del sindicato de Industria del Camp de Morvedre y Alto Palancia de CCOO, ha declarado que una vez más, «los juzgados sentencian contra las denuncias, que pretenden limitar los derechos de los trabajadores, cercenar las justas reivindicaciones, e imputar a quienes defienden legalmente sus derechos como trabajadores, en el simple ejercicio de huelga, para reivindicar sus derechos, y mejorar sus condiciones de trabajo».
 
La Federación de CCOO Industria PV, tras felicitar, a los representantes de CCOO, «se congratula por el contenido de la sentencia, que demuestra una vez más, que el ejercicio de huelga no es un delito».
 
En ese mismo sentido, el sindicato de Industria de CCOO, agradece las innumerables mu­estras de solidaridad, que ha recibido, durante el largo proceso judicial, (que conviene rcordar se inicio en el año 2007) «que se han puesto de manifiesto, las repetidas ocasiones en las que se ha suspendido el juicio, con su asistencia a la celebración de las vistas».

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