No se incluyen en esta cuantía los gastos por alojamiento, manutención y desplazamientos para el ejercicio de sus funciones

Podemos fija el salario máximo de sus cargos públicos en 27.241 euros anuales

Los tres concejales electos de ADN Morvedre Los tres concejales electos de ADN Morvedre Podemos fija el salario máximo de sus cargos públicos en 27.241 euros anuales
Viernes, 29 Mayo 2015 15:53

Podemos ha creado un reglamento que tiene por objeto re­gu­lar las relaciones entre los cargos ins­­­­titucionales muni­ci­pales o equivalentes y los órganos del partido en dicho nivel territorial. Este regla­mento afecta a todas las personas electas en procesos de represen­tación popular que integren las distintas listas a instituciones inferiores al ni­vel autonómico con inscripción verificable y efectiva en el partido Po­de­mos, como es el caso de ADN Morvedre cuenta con tres concejales electos desde las elecciones del pasado 24 de mayo.

Dichas personas electas disponen de autonomía organizativa y funcional por lo que «actuarán siempre de acuerdo con los compromisos ad­quiridos en el Programa Electoral correspondiente con el cual se presentaban, cum­pliendo además las directrices adoptadas por los Consejos Ciudadanos territoriales corres­pondientes y de acuerdo con las resoluciones y decisiones aprobadas por las Asambleas Ciudadanas territoriales correspondientes. Asimismo, se comprometen a actuar de acuerdo con el compromiso ético del partido y a cumplir los Estatutos y su normativa de desarrollo», se­ña­lan en el reglamento.

Asimismo las personas electas en procesos de representación popular en instituciones «inferiores al nivel autonómico están obligadas a cumplir con responsabilidad y honestidad sus tareas de representación teniendo en cuenta su carácter de representantes de la ciudadanía, de acuerdo con el Código Ético de Podemos». Y se comprometen a contribuir, en la medida de lo posible, «a la mejora del funcionamiento de la democracia en todos los ámbitos sociales y políticos y a promover, dentro de sus posibi­li­­­dades, la aplicación de los Derechos Humanos».

Salarios

La retribución neta mensual con la que contaran los cargos públicos y cargos electos de Podemos que participen en candidaturas de unidad popular y ciudadana será, como máximo 3 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)español (648.60 euros) y 14 pagas al año, es decir, 27.241 euros al año. A esta cuantía  se añadirá un 0,5 SMIs por cada hijo a cargo hasta un máximo de 2 SMIs adicionales.

Los gastos de alojamiento y manutención, así como los desplazamientos para el ejercicio de sus funciones no se incluyen en ningún caso en dichas cuantías, y se conside­rarán justificadas conforme lo dispuesto en el anexo al Re­gla­mento.

No obstante, recoge el citado documento que estas condiciones podrán ser negociadas o adaptadas, en aquellos casos en los que el candidato justifique documentalmente que soporta cargas económicas especiales, «cuya valoración será plan­teada al Consejo Autonómico corres­pondiente, que evaluará estas circunstancias en consonancia con el Consejo de Coordinación Estatal».

La parte restante del salario percibido por los cargos electos será objeto de donación en los términos establecidos en el Reglamento.

Dicho documento destaca que todos los salarios se publicarán en el portal de transparencia de la candidatura.

Indemnizaciones

Se entenderán supuestos que dan derecho a indemnización: los desplazamientos siempre que sean realizados con ocasión de la asistencia a las sesiones plenarias o de comisiones, reuniones del grupo municipal u otras que derivasen de la condición de cargo electo.

La manutención los días en los que se desempeñen funciones derivadas de la condición de cargo electo.

El alojamiento, «siempre que se desempeñen funciones derivadas de la condición de cargo electo a más de 100 kms de distancia de la localidad donde se encuentre empa­dronado el sujeto causante».

Aseveran que en ningún caso la aplicación de lo dispuesto en el presente punto podrá suponer la percepción de indemnizaciones por encima de las reconocidas en las correspondientes instituciones de representación.

Dietas por traslado

Se entienden por cuantías justificadas, los importes de los bi­­ll­e­tes de transporte público utilizado, que será siempre el medio preferente, en clase turista segunda clase o equivalente siempre que resulte posible. «El tren será el medio de transporte preferente, y solo se entenderán justificados los billetes de avión cuando no exista una alternativa en ferrocarril o por carretera siendo menor a 5 horas su duración, o bien cuando sea imprescindible por presiones horarias».

Donaciones de cargos electos

El importe de la retribución neta mensual, entendido este como la suma del salario que supere el límite establecido y las dietas no justificadas, «deberá ser objeto de donaciones al partido en un 75% y a causas sociales en un 25%». Se concreta en el reglamento, que la parte destinada al partido irá asignada al Consejo Ciudadano correspondiente, «en función del tipo de cargo público».

El dinero de las donaciones destinadas a fines sociales pasará a formar parte del fondo IMPULSA por el que las personas ins­­­­­critas en Pode­mos podrán decidir las prio­ri­dades y determinarán que proyectos serán financiados de acuerdo al propio regla­mento de IMPULSA aprobado por el Consejo Ciudadano.

Únicamente en situacio­nes donde se apreciase circunstancias de fuerza mayor, especiales o extraordinarias, podrá un cargo electo «al­terar los porcentajes referidos anteriormente o definir el pro­yecto social al que destina su dona­ción. Estas circunstancias deberán ser en todo caso apreciadas por el Consejo Ciudadano Municipal», re­coge en el reglamento.

Del incumplimiento de obligaciones

En aquellos casos en los que el incumplimiento implique la vulneración de decisiones adoptadas por la Asamblea Municipal, Autonómica, Estatal, y así sea apreciado por el pleno del Consejo Ciudadano Municipal o equivalente, por mayoría simple, remitirá el expediente a la Comisión de Garantías solici­tando la baja en la inscripción del partido.

En el supuesto de incum­plimiento de cualquier otra obligación, incluidas las previstas en el Regla­mento, el Consejo Ciudadano en sesión plenaria y por mayo­ría simple, decidirá o no, ele­var el supuesto a la Comisión de Garantías solicitando en su caso la baja en el partido o la suspensión temporal, dependiendo de la gravedad de las actuaciones

La disposición adicional de este capítulo señala que cada Consejo Ciudadano Municipal o equi­va­lente «será competente para interpretar la aplicación con­creta de esta norma, así como integrar las lagunas que se produzcan en su ejecución». Finalmente añadir que el reglamento contiene más artículos sobre cuestiones internas.


Si le ha interesado esta información, puede unirse a nuestro canal de Telegram y recibirá todas las noticias que publicamos para el Camp de Morvedre. Síganos en https://t.me/eleco1986

Modificado por última vez en Viernes, 29 Mayo 2015 17:00

Artículos relacionados (por etiqueta)

 

 

SUCESOS

SALUD