La trabajadora tenía una antigüedad en la compañía de 18 años

La SAG afronta una indeminación de 144.000 euros por el despido improcedente de un alto cargo de la empresa

Miércoles, 08 Octubre 2014 19:56

sagdentro

El pasado mes de abril el director general de la Sociedad Anónima de Gestión (SAG), Enrique Catalá, ordenaba el despido de la Jefa de Administración de la compañía, que venía prestando sus servicios en la mercantil desde hace más de 18 años. Según ha informado a este periódico Aurora Vidal Climent, la abogada que ha defendido a la trabajadora, la propia SAG reconoció ayer, en el transcurso de la conciliación judicial, que el despido es improcedente. Sin embargo, las causas alegadas por la Dirección General de esta sociedad para justificar esta rescisión de contrato, al amparo de la nueva reforma laboral aprobada por el PP, se fundamentaban en una supuesta reestructuración administrativa, que, justamente, amortizaba el puesto de la Jefatura de Administración.

La despedida ya se había enfrentado con anterioridad al director general de la SAG en los tribunales hace alrededor de año y medio. Efectivamente, entre 2010 y 2011 la entonces Jefa de Administración de la Sociedad Anónima de Gestión tuvo que demandar a la entidad para reclamarle por vía judicial el pago de unos incentivos que hasta la fecha no había forma de cobrar, a pesar de agotar todas las vías posibles de diálogo. El juzgado de lo social emitió un fallo que daba la razón a la trabajadora, al reconocerle el derecho al cobro de los citados emolumentos impagados por la compañía.

Año y medio después de aquel litigio, la Jefa de Administración era despedida. Al producirse la rescisión del contrato 18 meses después de que la afectada ganara el pleito, resultaba muy complicado que la defensa pudiera acogerse a derechos fundamentales, puesto que era difícil demostrar la relación causa efecto, es decir, que el despido era una represalia ejemplarizante de la Dirección General de la empresa, por la demanda que en su día interpuso la afectada.

En la conciliación judicial, donde la empresa reconoció la improcedencia del despido, las partes convinieron una indemnización de 144.000 euros, cuyo pago tendrá que afrontar la empresa en los próximos días. No es la primera vez que la SAG asume el abono de indemnizaciones carísimas desde que Enrique Catalá fue nombrado director general de la sociedad por acuerdo del PP y SP llevado a cabo en la pasada legislatura.

Antecedentes

Efectivamente, la letrada Aurora Vidal Climent también se encargó de la defensa del anterior director general de la empresa, José María Burdeos, que fue despedido por acuerdo del Consejo de Administración de la SAG celebrado en la tarde del 6 de julio de 2010. Hasta esa fecha, y desde agosto de 2009, la empresa había contado con una gerencia bicéfala que le suponía un coste mensual de 12.000 euros. Ya que PP y SP nombraron a Catalá como máximo responsable de la empresa sin buscar una solución para el anterior gerente.

En este sentido cabría recordar la valoración del grupo municipal de Esquerra Unida, ofrecida el 9 de julio de 2009, que sintetizaba la paradójica situación: «el sueldo de Enrique Catalá desde el 1 de agosto de 2009 hasta el 30 de julio de 2010,  es de unos 72.000 euros. A eso hay que añadir todos los salarios de un año de José María Burdeos, es decir, el mismo período que Catalá, cuyo importe se eleva a unos 79.000 euros. Además, unos 77.000 euros por indemnización, a razón de 45 días por año y otros 18.000 euros de finiquito. A esto hay que agregar los gastos de la minuta de los abogados externos, que no será menor de los 20.000 euros. Estamos hablando de 266.000 euros, que son unos 44 millones de pesetas». Al final, la empresa tuvo que hacer frente a una indemnización total por el improcedente despido de José María Burdeos de alrededor de 200.000 euros.

Aclaraciones de la Dirección General de la SAG

En director general de la SAG, Enrique Catalá, justifica el despido de la jefa de administración en base a la simplificación de la estructura organizativa de la empresa: «simplificar nuestra estructura organizativa, evitando situaciones de responsabilidad compartida para racionalizar el departamento de administración, adecuándolo a una dimensión lógica, generadora de mayores sinergias en la empresa, evitando disfunciones y adecuando los medios humanos y técnicos a la carga de trabajo actual, especialmente en lo que respecta a la menor necesidad de seguimiento de la financiación externa y a la elaboración de los presupuestos, que ahora se realiza de manera más descentralizada, analizando los costes desde cada servicio».

Asimismo, el máximo responsable de la SAG,  asegura en su nota informativa que a la hora de tomar la decisión de rescindir el contrato de la Jefa de administración ha pesado mucho: «la necesidad de medir el retorno de las acciones y el control de los costes en toda la empresa. Por eso aposté por una estructura sencilla y descentralizada: la SAG ni ha contratado ni va a contratar a nadie para cubrir el puesto de la Jefa de Administración. Ahora hay una mejor organización en ese departamento, lo que permite una mayor eficacia, sin duplicidades y con claridad en el reparto de responsabilidades, iniciativas y autonomía».

Más adelante, Enrique Catalá, celebra que la ya ex jefa de administración desistiera de vincular el despido a una represalia: «debo reconocer el mérito profesional de Dª. Yolanda García por haber sido durante dieciocho años la Jefa de Administración de la SAG: conmigo como Director General, con el anterior Gerente, D. José Mª Burdeos, y con quienes le precedieron en esa responsabilidad. Por eso debo poner en valor el gesto que Dª. Yolanda García tuvo durante el acto de conciliación judicial celebrado el pasado 7 de octubre, cuando desistió expresamente de su pretensión para que su despido fuese considerado una represalia»

Señalar finalmente que en la sección de opinión se pública íntegramente el extenso comunicado que el director general de la SAG, Enrique Catalá, ha difundido para aportar su valoración respecto del despido y consiguiente indemnización de 144.000 euros, que la empresa de capital municipal deberá satisfacer a la empleada despedida.


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Modificado por última vez en Viernes, 24 Octubre 2014 23:49

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