Según denuncia UGT, sus representantes no fueron convocados a la reunión de ese órgano

CC.OO. sustituye al presidente del comité de empresa de Sag-Aseo Urbano que se adhirió a título personal al convenio firmado entre la empresa, UGT y CSI-F

 
CC.OO. sustituye al presidente del comité de empresa de Sag-Aseo Urbano que se adhirió a título personal al convenio firmado entre la empresa, UGT y CSI-F CC.OO. sustituye al presidente del comité de empresa de Sag-Aseo Urbano que se adhirió a título personal al convenio firmado entre la empresa, UGT y CSI-F
Martes, 02 Julio 2013 17:47

Con fecha de 29 de mayo de 2013, el secretario del comité de empresa de SAG, Aseo urbano, Jesús Martínez Sánchez, remitía un escrito a la dirección de la compañía para informarle de que, celebrado pleno del comité de empresa, se había procedido al nombramiento del nuevo presidente del citado órgano de representación social, sustituyendo Ismael López Bonaque al anterior presidente, Eduardo Méndez Carrillo.
 
Como ya informó esta edición digital, el presidente del comité de empresa de SAG - Aseo Urbano, Eduardo Méndez Carrillo se adhirió al convenio firmado por la empresa con los sindicatos UGT y CSI-F, acuerdo que CC.OO. intenta dejar sin efecto. Aunque el entonces presidente de la representación social dejó claro que «me he adherido como trabajador, no como presidente del Comité de Empresa», resaltando que esta adhesión se producía porque entendía que el «convenio mejora mis condiciones laborales», Méndez tuvo que presentar la dimisión de su cargo como consecuencia de estas manifestaciones.
 
Sin embargo, el Sindicato de Servicios Públicos de la UGT ha remitido un escrito al Jefe de Recursos Humanos de la SAG y al secretario del Comité de Empresa en el que denuncia que el pleno del órgano social donde se procedió a nombrar al nuevo presidente del mismo, se realizó sin convocar a los representantes de UGT que forman parte del mismo. En este sentido el escrito indica: «al menos los miembros del Comité de Empresa de SAU – SAG en representación de la UGT, no recibieron convocatoria alguna para llevar a cabo dicha celebración del Pleno del Comité de Empresa. Por tanto entendemos que la reunión mantenida a la que hace referencia el Secretario del Comité de Empresa, no tiene validez alguna por no estar constituida legalmente y por tanto es nula de pleno derecho.  También decir, que éste proceder de los miembros del Comité de Empresa SAU – SAG en representación del CC.OO., supone un atentado al ordenamiento jurídico establecido y una violación de los derecho sindicales».
 
Por todo ello el UGT pide que no se tome en consideración el mencionado acuerdo: «que no se tome en consideración dicho escrito registrado con el nº 398/13, y la UGT se reserva todas aquellas medidas jurídicas (sociales o penales) en caminadas a denunciar ante los órganos judiciales los hechos acaecidos.  En consecuencia se tenga por presentado este escrito y por hechas las manifestaciones que contiene, y se tomen las medidas pertinentes a solucionar dicho nombramiento».

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Modificado por última vez en Martes, 02 Julio 2013 17:57

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