La cuantía de la ayuda se calculará en función de los ingresos y comprenderá entre el 40 y el 50% de la renta del alquiler o cesión

Abierto el plazo para pedir las ayudas autonómicas para los gastos de alquiler o cesión de viviendas

El concejal de Vivienda del Ayuntamiento de Sagunto, Francesc Fernández El concejal de Vivienda del Ayuntamiento de Sagunto, Francesc Fernández
Viernes, 01 Julio 2022 18:18

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), publicó ayer las ayudas en el alquiler para el 2022. Por lo tanto, a partir de hoy, ya se puede pedir las ayudas para el alquiler o la cesión de viviendas por parte de todas aquellas personas que tengan un contrato de alquiler o de cesión de viviendas. Estas ayudas, tienen el objetivo de facilitar el acceso al alquiler y a la cesión de uso de viviendas y habitaciones de las personas que más lo necesitan.

Sobre estas ayudas, el concejal de Vivienda, Francesc Fernández, ha indicado que son muy «importantes» puesto que «buscan que evidentemente todas las personas puedan tener acceso en la vivienda sin que por eso tengan que renunciar a una dignidad de vida mínima».

Los requisitos que tiene que cumplir la persona solicitante son, en primer lugar, que todas las personas físicas mayores de edad con contrato de alquiler cumplan el límite de precio de arrendamiento y unas condiciones de ingresos determinadas. Además, tener la nacionalidad española o europea (en el caso de extranjeros no comunitarios, contar con autorización de estancia o residencia en España); ser titular, en calidad de persona arrendataria, de un contrato; que la vivienda constituya la residencia habitual y permanente, que se tendrá que acreditar mediante el empadronamiento; y no tener otra vivienda en propiedad ni relación de parentesco con la persona arrendadora.

Además, habrá grupos prioritarios como personas afectadas por desahucio, dación en pago o ejecución hipotecaria en los últimos 5 años; familias monoparentales, numerosas, jóvenes ex tutelados y personas ex convictas; mujeres víctimas de violencia de género y personas víctimas de terrorismo; personas con diversidad funcional, sensorial o cognitiva; afectados por situaciones catastróficas; unidades de convivencia donde las personas se encuentran en situación de desocupación; unidades de convivencia en las cuales alguna persona asume la patria potestad, tutela o acogida de menor huérfano por violencia de género; o mujeres en situación de necesidad o en riesgo de exclusión.

La cuantía de la ayuda se calculará en función de los ingresos (iguales o inferiores a 3 veces la IPREM, con excepciones) y comprenderá entre el 40 y el 50% de la renta de alquiler o cesión de uso de la vivienda o habitación. Lo que se subvenciona son los recibos de alquiler por un periodo de dos años que comprende desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Así mismo, la tramitación de las ayudas se realizará preferentemente por medios telemáticos con certificado digital o sistema de clave permanente accediendo en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana: https://sede.gva.es/va/.

Al respecto de la solicitud, Fernández ha remarcado que «es importante que la gente empiece a tramitarlo ya de manera telemática con certificación digital, porque es la manera más ágil y más efectiva de recibir estas ayudas. Sin embargo, aquellas personas que de alguna manera no puedan proceder telemáticamente, pues se tendrán que dirigir a las dependencias de la Generalitat Valenciana, en los edificios PROP para poder solicitar estas ayudas».


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Modificado por última vez en Viernes, 01 Julio 2022 18:24

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