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El documento también incluye el acoso por razón de sexo, orientación e identidad de género

El Ayuntamiento de Sagunto contará con un protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual

El alcalde de Sagunto y concejal de Igualdad, Darío Moreno, ha presentado al plenario este protocolo El alcalde de Sagunto y concejal de Igualdad, Darío Moreno, ha presentado al plenario este protocolo
Jueves, 24 Febrero 2022 19:26

El pleno del Ayuntamiento de Sagunto ha aprobado este jueves, en su sesión ordinaria correspondiente al mes de febrero, el nuevo protocolo del consistorio para la prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de género, orientación sexual e identidad de género.

La propuesta, que parte del área de Igualdad del Ayuntamiento de Sagunto, fue defendida por el alcalde y concejal del departamento, Darío Moreno, y salió adelante con los votos a favor de PSOE, Compromís, IP, PP, EU y Cs, en contra de Vox y la abstención del Grupo de No Adscritos (GNA).

Este protocolo, que es un mandato expreso del Plan de Igualdad laboral del Ayuntamiento de Sagunto aprobado por el Pleno municipal en abril de 2021, establece procesos y mecanismos efectivos para la detección de casos de estas tipologías de acoso en el trabajo e incluye acciones para la sensibilización y prevención así como un procedimiento de actuación coordinada que cumple con los principios de objetividad, transparencia y confidencialidad.

Además, determina que cualquier acción o conducta de esta naturaleza será considerada como infracción laboral muy grave y conllevaría asociadas sanciones que, de acuerdo con el propio protocolo, el Estatuto Básico del Empleado Público y la legislación vigente podrían llegar incluso a ser causa de despido disciplinario de la persona acosadora y causa justa que permita a la víctima solicitar la resolución del contrato de trabajo.

En este sentido, el documento se basa en una extensa normativa de referencia de ámbito internacional, nacional, autonómico y local y cuenta con definiciones claras de los tipos de acoso que una persona pudiera sufrir ya sea de índole sexual o con motivo de su género, orientación o identidad de género así como la explicación de diversos conceptos ligados a las situaciones de acoso. Asimismo, quedan bien delimitadas cuáles son las circunstancias agravantes ante posibles casos.

Este protocolo se aplicará a todas las personas que trabajen en la Corporación y las investigaciones de los supuestos de acoso serán de aplicación a cualquiera de ellas que trabaje dependencias municipales, también personal en prácticas y becario. En caso de que se produjese una situación de acoso entre personal del Ayuntamiento y de una empresa externa que comparten lugar de trabajo, también se aplicaría el procedimiento de investigación recogido en el protocolo, si bien la adopción de medidas correctoras se llevaría a cabo de forma coordinada entre las empresas afectadas y la Administración.

El documento tiene por objetivo principal prevenir, sensibilizar y erradicar el acoso sexual, el acoso por razón de sexo, de orientación sexual e identidad de género del comportamiento, en las relaciones laborales, de todas las personas que trabajen en la Administración local. Del mismo modo pretende informar, formar y sensibilizar a los trabajadores y trabajadoras acerca de qué se considera acoso sexual, acoso por razón de sexo, por razón de orientación sexual e identidad de género; dar pautas para identificar una situación de acoso con el fin de prevenir y evitar que se produzcan; disponer de la organización específica y las medidas necesarias para atender y resolver los casos que se produzcan; garantizar la seguridad de las personas afectadas, la aplicación de las medidas que proceda para acabar con el acoso; y la aplicación de los procedimientos sancionadores.

Para ello se pondrán en marcha acciones como campañas de sensibilización por medio de charlas, jornadas, folletos, material informativo y cualquier otro medio que se estime necesario, haciendo hincapié en la aclaración de los conceptos de acoso sexual y acoso por razón de sexo; estadísticas sobre intervenciones y casos, cuyos datos se publicarán anualmente manteniendo en todo momento el anonimato de las víctimas, respetando así su intimidad y el deber de confidencialidad; evaluación de los riesgos psicosociales, atendiendo especialmente a aquellos colectivos más susceptibles de sufrir acoso; formación específica sobre el acoso para el personal empleado; formación general en políticas de género, igualdad entre mujeres y hombres e intervención ante los casos de acoso; o formación para las personas de apoyo sobre procedimiento y modo de actuación.

Para los supuestos en que se produzca algún caso de acoso, se habilita un procedimiento informal y otro formal, mediante denuncias y quejas, que incluirá medidas cautelares que de ninguna manera podrán suponer para la víctima un perjuicio o menoscabo en sus condiciones de trabajo, salariales ni su modificación sustancial; también se establece un plazo de tramitación y la garantía de la confidencialidad de las investigaciones. Todo ello sin perjuicio de la vía judicial.

En el supuesto de que, con motivo de un caso de acoso, se abra un expediente disciplinario y éste conlleve una sanción que no comporte el traslado forzoso o el despido de la persona acosadora, se tomarán las medidas oportunas para que la persona agresora y la víctima no convivan en el mismo espacio de trabajo. Así, la víctima tendrá la opción de elegir si prefiere permanecer en su puesto o solicitar un traslado temporal que no supondría ni mejora ni detrimento de sus condiciones laborales y que después habría de confirmarse como definitivo mediante concurso.

El objetivo y la voluntad primordial de este protocolo se resumen en que, en caso de producirse una situación de acoso en el seno de la Corporación, debe quedar garantizada la ayuda a la persona que lo sufra y evitar con todos los medios posibles que la situación se repita.

«El Ayuntamiento de Sagunto está firmemente comprometido con las políticas de igualdad tanto dentro de su propia organización como en la prestación de servicios a la ciudadanía, por lo que no permitirá ni tolerará el acoso sexual, acoso por razón de sexo, por razón de orientación sexual e identidad de género en ninguno de los centros de trabajo, ni en las relaciones derivadas del trabajo», es la declaración de intenciones que se hace en la presentación del documento y que forma parte también de la exposición de motivos con la que se defendió el acuerdo plenario.

La guía de actuación define el acoso sexual en el trabajo como «una discriminación que se manifiesta a través de la sexualidad» y que afecta «de una forma mayoritaria» a las mujeres «merced a un entorno social de desequilibrio y de poder». Esta desigualdad «se distingue de las aproximaciones o relaciones libremente aceptadas y recíprocas, en la medida que no son deseadas por la persona que es objeto de ellas».

Por ello se aboga por «abordar la problemática del acoso sexual o por razón de sexo con perspectiva de género» para que «permita situarla en el contexto más amplio del desequilibrio y la desigualdad estructural entre mujeres y hombres, que es donde tienen origen el machismo y las conductas de abuso de poder».

En cambio, «se entiende por acoso por razón de sexo cuando se infravalora, menosprecia o humilla a una persona y/o a su trabajo por ser de un sexo determinado, normalmente dentro de un ambiente laboral con gran segregación (masculinizado o feminizado)», se explica.

«Mediante los protocolos y los planes de igualdad del Ayuntamiento de Sagunto, la transparencia y la visibilización pueden ser, a largo plazo, la mejor estrategia de prevención de esta problemática. Contribuyen a la sensibilización del público, a normalizar el abordaje de estas situaciones y a romper el silencio que aísla a las personas acosadas, quienes a menudo desisten de denunciar si se sienten incomprendidas, desprotegidas, culpabilizadas o estigmatizadas», se argumenta.

Se trata de una cuestión que va más allá de los derechos de toda persona a ser tratada con respeto y dignidad y a la igualdad y no discriminación en el trabajo. Además aquí se ve implicada la salud en el trabajo y los posibles riesgos físicos, psíquicos y psicosociales que se puedan derivar.

La Comisión de Igualdad encargada de la elaboración del Plan de Igualdad Laboral aprobó este protocolo en su sesión ordinaria del pasado 10 de febrero.


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Modificado por última vez en Jueves, 24 Febrero 2022 19:29

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