El presidente de la entidad vecinal, Ricardo Fernández, asegura que el coeficiente corrector, por sí solo, no puede paliar el problema de un IBI más elevado

La Forja afirma que el coronavirus no puede ser excusa para no promover una revisión del ‘catastrazo’

Ricardo Fernández, en una imagen de archivo Ricardo Fernández, en una imagen de archivo
Lunes, 31 Mayo 2021 19:33

Desde la Asociación Vecinal la Forja consideran que hay una sobrevaloración en muchísimas viviendas, sobrevaloración que «acaba por determinar una carga impositiva que se suma a una situación económica asfixiante para muchas familias, aspecto que hay que abordar y que la actuación sobre el coeficiente corrector no puede por si solo paliar».

Estas conclusiones las hace públicas la entidad vecinal tras analizar la información facilitada por el concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Sagunto, Javier Raro, en una reunión que se realizó hace ya algunas fechas. En este sentido, Ricardo Fernández indica: «Teniendo en cuenta la información que el concejal de Hacienda nos ha trasladado, relativa al acuerdo plenario de octubre de 2019 con relación a una nueva valoración colectiva de bienes inmuebles y que el mismo se encontraría a nuestro juicio al amparo de la normativa aplicable, entendemos que dicha nueva valoración colectiva de bienes inmuebles debe corregir la actual situación de valores catastrales del municipio de Sagunto y por ende del IBI».

Según indica el primer directivo de La Forja «La actual situación derivada por el SARS-Cov-2 no puede ser excusa para no acometer un nuevo procedimiento que dé solución al ‘catastrazo’ de nuestro municipio, por lo que se debe insistir en este aspecto ante la Gerencia Regional del Catastro, aplicando, si es menester, todos los medios a disposición de nuestro Ayuntamiento».

Antecedentes
Según han explicado desde la entidad vecinal, de acuerdo con los datos del Catastro, durante el procedimiento, la Comisión Superior de Coordinación Inmobiliaria, en sesión de 28 de marzo de 2012 asignó para el municipio de Sagunto los módulos básicos de suelo y construcción de entre los resultantes de aplicar al módulo M vigente, fijado por la Orden EHA/1213/2005, de 26 de abril, las determinaciones contenidas en la Norma 16 del RD1020/1993, según la nueva redacción establecida por la disposición adicional primera del RD 1464/2007, de 2 de noviembre.

Asimismo aclara que el Documento 1 Memoria, Criterios de Valoración y Listados de Polígonos y Zonas de Valor de la ponencia de valores, establece, entre otros, como criterio para la justificación de dicha ponencia el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de los anteriores valores catastrales derivados del anterior procedimiento de valoración colectiva, aspecto que se ajusta a lo establecido en el Procedimiento de Valoración Colectiva de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, pero también recoge como justificación: «diferencias sustanciales entre los valores catastrales y los de mercado, según se desprende de lo expuesto en el apartado 1.3.2 de esta ponencia, que alejan la relación de mercado (RM) de la establecida por la Orden de 14 de octubre de 1998». El resultado de interpretación en dicho documento era que los valores catastrales se situaban entorno al 20% del valor de mercado, matizan desde la entidad vecinal.


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