Se trata de una iniciativa presentada por la Fundación de Patrimonio Industrial y Memoria Obrera

Port de Sagunt Company Town, calificado como proyecto cultural de interés social

Port de Sagunt Company Town, calificado como proyecto cultural de interés social Port de Sagunt Company Town, calificado como proyecto cultural de interés social
Miércoles, 18 Diciembre 2019 11:43

El Consejo Asesor del Mecenazgo de la Comunidad Valenciana valoró favorablemente, de forma unánime, el proyecto ‘Port de Sagunt Company Town’ presentado por la Fundación de la Comunidad Valenciana de Patrimonio Industrial y Memoria Obrera de Puerto de Sagunto. Como consecuencia, la fundación (y sus proyectos) pasa a ser posible entidad beneficiaria del mecenazgo según lo dispuesto en la Ley 20/2018, de 25 de julio, de la Generalitat Valenciana, del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional.

El mecenazgo de carácter privado es una actividad voluntaria y filantrópica a través de la cual se favorece y se fomenta la realización de proyectos culturales, científicos y deportivos no profesionales en el ámbito de la Comunitat Valenciana, al mismo tiempo que las personas mecenas obtienen beneficios fiscales.

La Ley 20/2018, de 25 de julio, de la Generalitat Valenciana, recoge un conjunto integrado de medidas administrativas y tributarias para promover y difundir la cultura del mecenazgo entre la sociedad valenciana, configurándolo como un motor de responsabilidad y de participación social.

Cualquier persona física o jurídica puede ser mecenas, pero sólo pueden acogerse a los incentivos fiscales previstos en la legislación valenciana las personas físicas con domicilio fiscal en la Comunidad Valenciana. El incentivo fiscal es la deducción de un 25% en la cuota autonómica del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Como la Comunidad Valenciana es una comunidad autónoma de régimen común y no tiene competencias tributarias en el Impuesto de Sociedades, las personas jurídicas no gozan de beneficios fiscales por esta Ley. Sin embargo la Fundación está dada de alta en Hacienda Estatal como entidad acogida a La Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo, lo que le permite otorgar a la Hacienda Estatal deducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades, a las donaciones efectuadas por las empresas a la Fundación.


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Modificado por última vez en Jueves, 19 Diciembre 2019 18:35

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