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La acción judicial emprendida por el Ayuntamiento de Sagunto ante la Audiencia Nacional, ha cobrado firmeza en el Tribunal Supremo

Los terrenos propiedad de Prosagunsa situados en el malecón, seguirán afectados por el dominio público marítimo terrestre

Todo el malecón de Sierra Menera vuelve a estar afectado por el dominio público marítimo terrestre, por lo que no se podrán edificar viviendas en este suelo Todo el malecón de Sierra Menera vuelve a estar afectado por el dominio público marítimo terrestre, por lo que no se podrán edificar viviendas en este suelo Los terrenos propiedad de Prosagunsa situados en el malecón, seguirán afectados por el dominio público marítimo terrestre
Viernes, 14 Diciembre 2018 19:26

El Ayuntamiento de Sagunto presentó un recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional contra la Resolución de la Ministra de Medio Ambiente de 30 de junio de 2014 por la que se aprobaba el deslinde que excluía del dominio público marítimo terrestre la finca registral 37.075, inscrita en el Tomo 1735, Libro 383, Folio 27, en el Registro de la Propiedad nº 1 de Sagunto. Es decir, la delimitación de los terrenos propiedad de Prosagunsa.

Al quedar esta pastilla de suelo excluida del dominio público marítimo terrestre, sus propietarios plantearon que les fuera expropiado el suelo por parte del Ayuntamiento, llegando a cifrar el justiprecio en 100 millones de euros, o bien se les permitiera edificar.

En este segundo supuesto, los directivos de Prosagunsa cifraban el coeficiente del aprovechamiento urbanístico en 1,26, que, según aseguraban, era similar al del entorno. Esto significaba que, por cada metro de suelo, les correspondería 1,26 metros de techo, lo cual representaba, según los cálculos realizados por la propia empresa, una volumetría de 95.000 m² techo. Esta superficie daría de sí para poder construir alrededor de 860 viviendas de 100 m² en el malecón.

Sin embargo, la Audiencia Nacional, mediante la sentencia nº 348/18 de fecha 5 de junio de 2018, recurrible en casación, declara que dicha resolución de la Ministra de Medio Ambiente era nula por su disconformidad a Derecho, aunque el mismo tribunal desestimó el resto de las pretensiones planteadas en la demanda por el Ayuntamiento de Sagunto. Como el pronunciamiento judicial no era firme, la empresa Prosagunsatrató trató de superar este revés recurriendo inmediatamente el fallo ante el Tribunal Supremo que, finalmente, no ha prosperado.

Efectivamente, la sentencia emitida por la Audiencia Nacional sobre la resolución de la Ministra de Medio Ambiente, favorable al Ayuntamiento de Sagunto ha devenido en firme tras la inadmisión por parte del Tribunal Supremo del recurso de casación que presentó la empresa Promotora Saguntina S.A y COFIVACASA S.A. La providencia de la que se da cuenta, acuerda la inadmisión a trámite del recurso de casación, al no efectuarse fundamentación suficiente y singularizada del caso.

La desestimación del recurso de casación por parte del Tribunal Supremo, que se ha dado a conocer hoy por parte del Ayuntamiento de Sagunto, supone un giro de 180 grados en la situación del malecón de Sierra Menera que, gracias a este fallo judicial, quedará liberado de la especulación urbanística, aunque Prosagunsa continúe siendo la propietaria del suelo.

Ante una noticia tan positiva para los intereses del municipio, el alcalde de Sagunto, Francesc Fernández, ha realizado una valoración muy positiva, calificando el pronunciamiento judicial de «magnífica noticia». Más adelante, el primer edil de Sagunto ha destacado que «gracias al buen trabajo de los funcionarios y, evidentemente, de la iniciativa política que en su momento tuvo Compromís mediante una moción para que el Ayuntamiento defendiera sus intereses, hemos podido parar esta grave amenaza». El alcalde ha destacado, asimismo, la «relevante» colaboración ciudadana, sobre todo, la de la Asociación Amigos de

Aprendices y otras personas que han facilitado documentación y han dado consejos para demostrar que el Ayuntamiento tiene razón. Fernández ha calificado este hecho como «uno de los grandes éxitos de esta legislatura por parte de esta Corporación ya que definitivamente nos aleja del fantasma de esa expropiación».

En cuanto a las costas, se ha impuesto al recurrente Promotora Saguntina S.A., con un límite máximo de todos los conceptos de 750 euros a favor de una de las dos partes recurridas (Abogacía del Estado y Ayuntamiento de Sagunto) y de 500 euros a favor de la parte recurrida y personada COFIVACASA, y por otra parte, a la recurrente COFIVACASA S.A. con límite máximo por todos los conceptos de 1.000 euros a favor de cada una de las dos partes recurridas y personadas que se opusieron a la admisión de los recursos. La Secretaría General del Ayuntamiento de Sagunto dará cuenta de esta providencia en el próximo pleno ordinario.


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